Fecha límite: Plazo pendiente de resolver entre fuentes
Fuentes oficiales
Quién ofrece la ayuda: AYUNTAMIENTO DE VILLACARRILLO
Convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de comercio e industria. PLAN DE EMPRENDEDORES para el año 2026
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Fuentes, bases y datos de la convocatoria
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Convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de comercio e industria. PLAN DE EMPRENDEDORES para el año 2026
- Código BDNS
- 931485
- Edición
- 2026
- Organismo y departamento
- AYUNTAMIENTO DE VILLACARRILLO · VILLACARRILLO
- Administración
- LOCAL
- Instrumento
- SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
- Régimen de concesión
- Concurrencia competitiva - canónica
- Fondos de toda la convocatoria
- 25.000 €. No es el máximo individual.
- Fecha de publicación
- 1 oct 2026
- Registro en BDNS
- 24 sept 2026
- Zona horaria del plazo
- Europe/Madrid
- Región de impacto BDNS
- Jaén (dato estadístico)
- Territorio del gestor
- Villacarrillo (no acredita acceso)
- Registro BDNS: BDNS 931485 Edición 2026
- Bases / convocatoria: Bases / convocatoria Edición 2026
- Documento oficial: Documento de la convocatoria en español Edición 2026
- Documento oficial: SOLICITUD Edición 2026
- Documento oficial: ANEXO II DECLARACION RESPONSABLE Edición 2026
B.O.P. DE JAÉN · 1 oct 2026 Ver extracto oficial
Leer el extracto oficial disponible
Primero. Beneficiarios. Los requisitos para obtener la condición de beneficiario/a y el régimen de prohibiciones son los establecidos en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba su Reglamento. La concesión de las subvenciones contenidas en las bases reguladoras aprobadas por la Junta de Gobierno Local en fecha 22/09/2026 abarcará a todos aquellos supuestos subvencionables que se soliciten dentro del plazo de presentación de solicitudes establecidos en la presente convocatoria y que se hayan producido a partir del 01 de enero de 2026 hasta el 31 de octubre de 2026. Requisitos para solicitar la subvención: • La persona física que promueva un proyecto empresarial deberá estar desempleado/a y con tarjeta de demandante de empleo a la fecha de alta como autónomo. • Deberá estar empadronado/a en Villacarrillo, con fecha anterior a la publicación de la convocatoria. • Tener el domicilio fiscal como personal, así como desarrollar la actividad profesional o empresarial en el municipio de Villacarrillo. • Causar alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, por cuenta propia en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, así como causar alta en Impuesto de Actividades Económicas correspondiente. • Estar en posesión de Licencia de apertura y de actividad o, en su caso, de la Declaración responsable y comunicación previa de inicio de actividad/servicio, salvo para actividades exentas. Segundo. Objeto La subvención tiene por finalidad otorgar ayudas económicas a emprendedores/as que creen nuevas empresas bajo la figura de trabajadores autónomos, y mutualistas, ya sea por cuenta propia en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente; manteniendo la actividad al menos 12 meses de forma ininterrumpida desde el día siguiente al inicio de la actividad. El importe por beneficiario/a será de 2.500 €, que se incrementará hasta los 3.000 €, en el caso de que le emprendedor tenga algún grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33% Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos que se puedan conceder a los/as beneficiarios/as procedentes de cualesquiera Administraciones, entes públicos o privados, provinciales, regionales, nacionales o de la Unión Europea o cualquier otro organismo internacional, que hubiesen sido obtenidas para la misma finalidad objeto de la presente subvención, teniendo cuenta que esta subvención se podrá resolver tanto para explotación como para inversión en capital. Las ayudas reguladas en las Bases reguladoras serán incompatibles con las concedidas en el marco del Plan Municipal de Ayuda a la Contratación del Ayuntamiento de Villacarrillo durante la misma convocatoria. En consecuencia, una misma persona física o jurídica no podrá resultar beneficiaria de ambos programas de ayudas en una misma convocatoria. La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. No serán objeto de subvención: Solicitantes que hayan sido beneficiarios de esta misma ayuda en los tres años anteriores. Los trabajadores autónomos en calidad de familiares colaboradores del titular de la explotación: se considera como tales a las personas que colaboran en una actividad de naturaleza autónoma sin ser sus titulares, aunque sea de manera habitual, personal y directa. Quienes hayan ejercido la misma o similar actividad como autónomo, en el mismo grupo del IAE, durante los 12 meses anteriores a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes. A parte del/ de la solicitante, el resto de socios/as trabajadores/as de sociedades civiles y las comunidades de bienes. Sólo se dará un incentivo por proyecto/establecimiento. Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones aprobadas en fecha 25 de agosto de 2026, están contenidas en la Ordenanza para la concesión de subvenciones en materia de comercio e industria, así como en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Villacarrillo, aprobado por la Junta de Gobierno Local y publicado el 20 de marzo de 2025 y modificado por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 10 de junio de 2026. El presente Plan tiene por objeto mejorar la situación socioeconómica de los/as desempleados/as del municipio de Villacarrillo, especialmente afectada por circunstancias extraordinarias como la sequía y la escasez de oportunidades laborales. A tal fin, se pretende fomentar y promover el empleo autónomo, impulsar el espíritu emprendedor y estimular la creación de nuevas iniciativas empresariales en el municipio de Villacarrillo, apostando por la generación de empleo de calidad y de carácter estable. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria, adjudicando, con el límite fijado en el punto siguiente, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los criterios. Cuarto. Cuantía de la ayuda. El presupuesto de la convocatoria asciende a 25.000,00 €. Si posteriormente se incrementara el crédito mediante la incorporación de remanentes o disponibilidades presupuestarias, podrán concederse subvenciones a las solicitudes que hubieran quedado desestimadas exclusivamente por insuficiencia de crédito, respetando el orden de prelación obtenido en la valoración. La aplicación de estas medidas se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria e importe que se detalla a continuación, no pudiendo concederse más por encima del límite fijado para esta convocatoria. APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DENOMINACIÓN CONSIGNACION DESTINADA 430 479 Presupuesto Municipal de 2026. Ayuda a empresas, creación de empleo 25.000,00 € Excepcionalmente, el crédito inicialmente aprobado podrá incrementarse mediante la incorporación de crédito adicional procedente de disponibilidades presupuestarias, de conformidad con lo previsto en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin necesidad de abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se necesariamente en los modelos electrónicos normalizados en la sede electrónica del Ayuntamiento de Villacarrillo (https://villacarrillo.sedelectronica.es/catalog/t/1f0fe1ad-c884-4c63-8d8e-542a74c02b30) de conformidad con los artículos 14.2 y 14.3, respectivamente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Sexto. Otros datos. Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes: a) ANEXO I: modelo normalizado de solicitud de subvención. b) Certificados de estar al corriente en el pago de sus obligaciones con la AEAT, con la Agencia tributaria de Andalucía, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con el Excmo. Ayuntamiento de Villacarrillo. c) ANEXO II: Declaración responsable relativa a que en la persona interesada no concurre ninguna de las circunstancias a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impidan obtener la condición de beneficiario de la subvención y aceptación de compromiso de empadronamiento y residencia durante período mínimo de un año, así como no haber ejercido la misma o similar actividad como autónomo en el mismo grupo I.A.E. durante los 12 meses anteriores a la fecha de inicio en el régimen autónomo subvencionable. d) Tarjeta de demanda de empleo o informe de periodos de inscripción. e) Certificado de empadronamiento individual, en el que conste la fecha de empadronamiento anterior a la publicación de la convocatoria. f) Informe de Vida Laboral. g) Certificado de alta en el I.A.E. y/o en el régimen especial de autónomos. h) Memoria del proyecto empresarial en el que se desarrolle la idea de negocio que se constituya y descripción de actividad de la nueva empresa. i) Licencia de apertura y de actividad o, en su caso, de la Declaración responsable y comunicación previa de inicio de actividad/servicio. El Ayuntamiento se reserva la posibilidad de requerir a cualquier solicitante cualquier otra documentación que se considere conveniente, con el objeto de constatar fehacientemente que dicho/a solicitante cumple los requisitos exigidos en la presente normativa reguladora, así como otras normativas de aplicación. Las solicitudes de los interesados acompañarán los documentos e informaciones determinados en la norma o convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de la Administración actuante, o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud. Los criterios para la asignación de las subvenciones serán los siguientes: 1. Carácter innovador del proyecto/ puntos Empresa cuya actividad sea de nueva creaciónen el municipio 15 Empresa cuya actividad exista en el municipio 5 2. Colectivos con especiales dificultades de inserción (máximo 20 puntos) (Puntuables de forma acumulativa) Criterio/Puntos Desempleado de larga duración 5 Menor de 35 años 5 Mujer emprendedora 5 Discapacidad ≥33% 5 3. Actividad económica prioritaria para el municipio Actividad económica/Puntos 1º Oficios artesanales y tradicionales ( fontanería, carpintería, herrería, electricidad, albañilería) 25 2º Hostelería, turismo y nuevas tecnologías 15 3º Comercio minorista y servicios de proximidad 10 4º Resto de actividades económicas 5 4. Inversión realizada para iniciar la actividad Inversión realizada para iniciar la actividad/Puntos Más de 10.000 € 20 Entre 5.000 € y 10.000 € 10 Entre 2.500 € y 5.000 € 5 5. Impacto en el empleo local Criterio/Puntos Autónomo sin contratación prevista 5 Previsión de contratar 1 trabajador 10 Previsión de contratar 2 o más trabajadores 20 Criterios de desempate En caso de empate: Mayor puntuación en actividad económica del proyecto. Mayor puntuación en colectivos con especiales dificultades de inserción Mayor puntuación en impacto en el empleo local La puntuación máxima posible que un proyecto puede obtener al sumar todos los criterios de valoración es de 100 puntos.
Procedencia de los campos importantes
- Solicitantes: Extracto oficial específico: apartado Beneficiarios · Consultar respaldo
- Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
- Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud
Otras oportunidades para revisar
Seleccionadas por destinatario, finalidad y territorio estructurados. Que estén relacionadas no significa que sean acumulables.
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