Fecha límite: 31 oct 2026 · hora de cierre no confirmada
Fuentes oficiales
Quién ofrece la ayuda: AYUNTAMIENTO DE VILLACARRILLO
Contratación indefinida · Villacarrillo 2026
Plan de ayuda a la contratación de Villacarrillo para autónomos y empresas con domicilio físico y fiscal en el municipio. Apoya la contratación indefinida de una persona desempleada inscrita en el SAE y empadronada localmente. La ayuda es de 2.500 €, o 3.000 € en el supuesto de discapacidad previsto, con obligaciones de mantenimiento.
- Quién puede pedirla
- Autónomo · Empresa (tamaño sin especificar)Fuente de beneficiarios
- Para qué sirve
- Plan de ayuda a la contratación de Villacarrillo para autónomos y empresas con domicilio físico y fiscal en el municipio.
- Cuánto puedes recibir
- Hasta 3000 €Subvención
- Dónde aplica
Residencia o domicilio: Villacarrillo
¿Puede encajar con tu situación?
Estas son condiciones de la convocatoria. Aún no hemos comprobado tu perfil.
Comprobar con mi perfil, sin registroCondiciones de acceso
- Domicilio físico y fiscal de la empresa o autónomo en Villacarrillo.Ver condición en la fuente
Debes comprobar
- Contratación indefinida de persona desempleada inscrita en SAE y empadronada en Villacarrillo antes de la publicación. Mantener el empleo al menos 12 meses; comprobar exclusiones de contrataciones anteriores.Ver condición en la fuente
- Un contrato subvencionado por empresa, formalizado entre 01/01/2026 y 31/10/2026. Revisar la incompatibilidad con el Plan de Emprendedores y el incremento por discapacidad.Ver condición en la fuente
Qué gastos cubre y qué debes aportar
El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.
“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.
Compatibilidad, ejecución y justificación
No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.
- Inicio de ejecución
- No consta
- Fin de ejecución
- No consta
- Fin de justificación
- No consta
Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.
Cómo solicitarla
No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.
Antes de empezar, prepara
No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.
Fuentes, bases y datos de la convocatoria
Ver título oficial y datos técnicos
Convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de comercio e industria. PLAN DE AYUDA A LA CONTRATACION para el año 2026
- Código BDNS
- 932245
- Edición
- 2026
- Organismo y departamento
- AYUNTAMIENTO DE VILLACARRILLO · VILLACARRILLO
- Administración
- LOCAL
- Instrumento
- SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
- Régimen de concesión
- Concurrencia competitiva - canónica
- Fondos de toda la convocatoria
- 15.000 €. No es el máximo individual.
- Fecha de publicación
- 1 oct 2026
- Registro en BDNS
- 29 sept 2026
- Zona horaria del plazo
- Europe/Madrid
- Región de impacto BDNS
- Jaén (dato estadístico)
- Territorio del gestor
- Villacarrillo (no acredita acceso)
- Registro BDNS: Ficha de esta convocatoria en BDNS Edición 2026
- Bases / convocatoria: Bases reguladoras vinculadas a BDNS Enlace comprobado: 10 oct 2026, 20:16 · respuesta técnica obtenida
- Documento oficial: Publicación oficial Edición 2026
- Documento oficial: Convocatoria / extracto oficial Edición 2026
- Documento oficial: SOLICITUD PLAN DE APOYO A LA CONTRATACION Edición 2026
- Documento oficial: ANEXO IV DECLARACION RESPONSABLE COMPROMISO TRABAJADOR Edición 2026
- Documento oficial: ANEXO III DECLARACION RESPONSABLE COMPROMISO Edición 2026
- Documento oficial: ANEXO II DECLARACION RESPONSABLE Edición 2026
B.O.P. DE JAÉN · 1 oct 2026 Ver extracto oficial
Leer el extracto oficial disponible
Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios/as todos/as aquellos/as personas trabajadoras autónomas y las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que pretendan contratar a personas desempleadas, con la tarjeta de demandad de empleo en alta y empadronados/as en Villacarrillo. Los requisitos para obtener la condición de beneficiario/a y el régimen de prohibiciones son los establecidos en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba su Reglamento. La concesión de las subvenciones contenidas en las bases reguladoras aprobadas por la Junta de Gobierno Local en fecha 22/09/2026 abarcará a todos aquellos supuestos subvencionables que se soliciten dentro del plazo de presentación de solicitudes establecidos en la presente convocatoria y que se hayan producido a partir del 01 de enero de 2026 hasta el 31 de octubre de 2026. Requisitos para solicitar la subvención: El tipo de contrato de trabajo se realizará bajo la modalidad de contrato indefinido. • El/la trabajador/a no deberá haber sido contratado en la misma empresa, en el año anterior a la fecha de publicación de las presentes bases. • Sólo se dará derecho a subvención para un/a trabajador/a por empresa o comercio. • El/la empleador/a debe tener sede física y fiscal en Villacarrillo. • El/la empleador/a debe estar en alta en el Censo de Obligados Tributarios. • El/la empleador/a debe estar en alta en Régimen Especial Trabajadores Autónomos, o aquél que estatutariamente le corresponda. • La empresa o comercio debe estar en alta en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente. • Haber contratado al/ a la trabajador/a con fecha de alta comprendido en el período subvencionable establecido en las presentes bases. • El/la trabajador/a contratado/a deberá estar inscrito en el padrón municipal de habitantes de Villacarrillo, con fecha anterior a la fecha de publicación de las presentes bases y respectiva convocatoria y con compromiso de residencia efectiva por un período mínimo de un año. • El/la trabajador/a antes de la contratación, deberá estar inscrito como demandante de empleo no ocupado, en la oficina del Servicio Andaluz de Empleo. Segundo. Objeto La subvención tiene por finalidad otorgar ayudas económicas a empresas o comercios que deseen contratar, en la modalidad de indefinido, a trabajadores/as desempleados/as y que suponga la creación de un nuevo puesto de trabajo; manteniendo la contratación al menos 12 meses de forma ininterrumpida desde el día siguiente al alta en la empresa. Con este plan se persigue mejorar la estabilidad y la seguridad en el empleo, fomentando la creación y mantenimiento de empleo estable, y de calidad. El importe por beneficiario/a serán de 2.500 €, que se incrementará hasta los 3.000 € en el caso de que el trabajador tenga algún grado de minusvalía reconocida igual o superior al 33%. Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos que se puedan conceder a los beneficiarios procedentes de cualesquiera Administraciones, entes públicos o privados, provinciales, regionales, nacionales o de la Unión Europea o cualquier otro organismo internacional, que hubiesen sido obtenidas para la misma finalidad objeto de la presente subvención, teniendo en cuenta que esta subvención se podrá resolver tanto para explotación como para inversión en capital. Las ayudas reguladas en las bases reguladoras serán incompatibles con las concedidas en el marco del Plan Municipal de Ayuda a Emprendedores del Ayuntamiento de Villacarrillo durante la misma convocatoria. La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. No serán objeto de subvención: Todos los contratos que no sean indefinidos. La contratación de un/a trabajador/a que se efectúe con bajas y altas entre empresas en las que los socios tengan el control efectivo de las mismas. Sólo se dará un incentivo por proyecto/establecimiento. Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones aprobadas en fecha 25 de agosto de 2026, están contenidas en la Ordenanza para la concesión de subvenciones en materia de comercio e industria, así como en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Villacarrillo, aprobado por la Junta de Gobierno Local y publicado el 20 de marzo de 2025 y modificado por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 10 de junio de 2026. El presente Plan tiene por objeto mejorar la situación de muchos/as desempleados/as del municipio como consecuencia de la situación extraordinaria que se ha originado con motivo de la sequía, la falta de trabajo, etc., apostando por contratos de calidad y de larga duración, mediante las ayudas a la contratación indefinida. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria, adjudicando, con el límite fijado en el punto siguiente, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios. Cuarto. Cuantía de la ayuda. El presupuesto de la convocatoria asciende a 15.000 €. Si posteriormente se incrementara el crédito mediante la incorporación de remanentes o disponibilidades presupuestarias, podrán concederse subvenciones a las solicitudes que hubieran quedado desestimadas exclusivamente por insuficiencia de crédito, respetando el orden de prelación obtenido en la valoración. La aplicación de estas medidas se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria e importe que se detalla a continuación, no pudiendo concederse más por encima del límite fijado para esta convocatoria. APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DENOMINACIÓN CONSIGNACION DESTINADA 430 479 Presupuesto Municipal de 2026. Ayuda a empresas, creación de empleo 15.000 € Excepcionalmente, el crédito inicialmente aprobado podrá incrementarse mediante la incorporación de crédito adicional procedente de disponibilidades presupuestarias, de conformidad con lo previsto en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin necesidad de abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes de subvención se presentarán necesariamente en los modelos electrónicos normalizados en la sede electrónica del Ayuntamiento de Villacarrillo (https://villacarrillo.sedelectronica.es/catalog/t/1f0fe1ad-c884-4c63-8d8e-542a74c02b30) de conformidad con los artículos 14.2 y 14.3, respectivamente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Sexto. Otros datos. Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes: EMPLEADOR/A: 1. Anexo I: Modelo de solicitud 2. Anexo II: Declaración responsable de cumplir con el resto de los requisitos necesarios para obtener la condición de beneficiario de la subvención conforme a los términos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 3. Anexo III : Declaración responsable cumplimiento contratación del/de la trabajadora/a. 4. Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la A.E.A.T., con la Tesorería General de la Seguridad Social, con la Junta de Andalucía y con el Excmo. Ayuntamiento de Villacarrillo. 5. Modelo 036 o 037 (Declaración Censal). 6. Certificado de alta en el I.A.E. y Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o aquél que estatutariamente corresponda. 7. Informe de datos de cotización (IDC) de trabajadores/as por cuenta ajena. 8. Contrato de trabajo indefinido. TRABAJADOR/A A CONTRATAR: 1. Informe de inscripción como demandante de empleo, expedido por el Servicio Andaluz de Empleo. 2. Copia NIF o NIE 3. Certificado de empadronamiento individual, con fecha anterior a la fecha de publicación de las presentes bases y respectiva convocatoria. 4. ANEXO IV: Declaración responsable del/de la trabajador/a con el compromiso de empadronamiento y de residencia efectiva en el municipio de Villacarrillo, por un período mínimo de un año. 5. Informe de vida laboral. El Ayuntamiento se reserva la posibilidad de requerir a cualquier solicitante cualquier otra documentación que se considere conveniente, con el objeto de constatar fehacientemente que dicho solicitante cumple los requisitos exigidos en la presente normativa reguladora, así como otras normativas de aplicación. Las solicitudes de los interesados acompañarán los documentos e informaciones determinados en la norma o convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de la Administración actuante, o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o de inspección. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud. Los criterios para la asignación de las subvenciones serán los siguientes: Duración y estabilidad del empleo creado (máximo 25 puntos) Contratación indefinida a jornada completa: 25 puntos. Contratación indefinida a jornada parcial igual o superior al 50 %: 15 puntos. Situación de la persona contratada (máximo 25 puntos) Desempleado/a de larga duración : 10 puntos Desempleado/a menor de 35 años: 5 puntos Mujer desempleada: 5 puntos. Persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33 %: 5 puntos. La puntuación de este apartado será acumulable hasta un máximo de 25 puntos. Impacto en el empleo de la empresa (máximo 15 puntos) Creación del primer trabajador por cuenta ajena de la empresa: 15 puntos. Incremento de plantilla de al menos un 25 %: 10 puntos. Incremento de plantilla inferior al 25 %: 5 puntos. Actividad económica prioritaria para el municipio (máximo 20 puntos) Oficios artesanales y tradicionales ( fontanería, carpintería, herrería electricidad, albañilería.): 20 puntos. Hostelería, turismo y nuevas tecnologías: 15 puntos. Comercio minorista y servicios de proximidad: 10 puntos. Resto de actividades económicas: 5 puntos. Perfil de la persona contratada (15 puntos) Persona en riesgo de exclusión social o perceptoras de rentas mínimas o IMV: 5 puntos. Víctimas de violencia de género: 5 puntos. Persona que haya sido participante en PEF municipal: 5 puntos. Criterios de desempate En caso de empate: Mayor puntuación en actividad económica del proyecto. Mayor puntuación en la situación (perfil) de la persona contratada Orden de entrada de la solicitud La puntuación máxima posible que un proyecto puede obtener al sumar todos los criterios de valoración es de 100 puntos.
Procedencia de los campos importantes
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- Ámbito de acceso: Edición manual
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- Explicación simplificada: Edición manual · Consultar respaldo
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