Fecha límite: Sin fecha confirmada
CONVOCATORIA A SUBVENCIONES NO COMPETITIVAS SUBVENCIONES DESTINADAS A PROMOVER LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN EL CENTRO HISTÓRICO DE LLEIDA
No disponemos todavía de una explicación simplificada revisada. El título oficial y las fuentes permiten comprobar el objeto de esta convocatoria.
- Quién puede pedirla
- Empresa (tamaño sin especificar) · Cooperativa · Microempresa · AutónomoFuente de beneficiarios
- Para qué sirve
- Finalidad oficial general: Comercio, Turismo y Pymes. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
- Cuánto puedes recibir
- Cuantía individual no confirmadaSubvención
- Dónde aplica
- Ámbito de acceso pendiente de confirmar. El lugar del gestor y la región de impacto no acreditan elegibilidad.
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Qué gastos cubre y qué debes aportar
El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.
“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.
Compatibilidad, ejecución y justificación
No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.
- Inicio de ejecución
- No consta
- Fin de ejecución
- No consta
- Fin de justificación
- No consta
Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.
Cómo solicitarla
No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.
Antes de empezar, prepara
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Fuentes, bases y datos de la convocatoria
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CONVOCATORIA A SUBVENCIONES NO COMPETITIVAS SUBVENCIONES DESTINADAS A PROMOVER LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN EL CENTRO HISTÓRICO DE LLEIDA
CONVOCATÒRIA DE SUBVENCIONS DE CONCURRÈNCIA NO COMPETITIVA SUBVENCIONS DESTINADES A L’IMPULS DE L’ACTIVITAT ECONÒMICA DEL CENTRE HISTÒRIC DE LLEIDA
- Código BDNS
- 934411
- Edición
- No consta
- Organismo y departamento
- AYUNTAMIENTO DE LLEIDA · LLEIDA
- Administración
- LOCAL
- Instrumento
- SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
- Régimen de concesión
- Concesión directa - canónica
- Fondos de toda la convocatoria
- 80.000 €. No es el máximo individual.
- Fecha de publicación
- 14 oct 2026
- Registro en BDNS
- 8 oct 2026
- Zona horaria del plazo
- Europe/Madrid
- Región de impacto BDNS
- Lleida (dato estadístico)
- Territorio del gestor
- Lleida (no acredita acceso)
- Financiación europea
- Fondos europeos declarados en la fuente
- Registro BDNS: BDNS 934411
- Documento oficial: Documento de la convocatoria en español
- Documento oficial: Acuerdo de aprobacion Junta de gobierno local
- Documento oficial: Documento de la convocatoria en lengua cooficial
B.O.P. DE LLEIDA · 14 oct 2026 Ver extracto oficial
Leer el extracto oficial disponible
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de septiembre de 2026, que aprueba la convocatoria de subvenciones no competitivas destinadas a promover la actividad económica en el Centro Histórico de Lleida Primero. Beneficiarios: Los trabajadores autónomos, las sociedades mercantiles, cooperativas, las sociedades civiles privadas y cualquier otra entidad con personalidad jurídica propia o sin carácter empresarial y que en el siguiente caso puedan ser beneficiarios de esta ayuda: • Quién ha implementado, o tiene intención de implementar, una nueva actividad económica, comercial, profesional o de servicios en el barrio del Centro Histórico de Lleida, o que ha asumido una actividad económica existente dentro del periodo establecido en la convocatoria. Estos beneficiarios deben tener el estatus de micro y pequeñas empresas, de acuerdo con la definición establecida en el Anexo I del Reglamento de la UE nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Para estos fines, las empresas que empleen a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocio o balance anual no supere los 2 millones de euros serán consideradas microempresas; y aquellas que empleen menos de 50 personas y cuyo volumen de negocio o balance anual no supere los 10 millones de euros serán consideradas pequeñas empresas, según los términos previstos en el mencionado Anexo I. Segundo. Propósito El propósito de estas normas es regular la concesión de subvenciones para fomentar el inicio de nuevas actividades económicas, comerciales, profesionales o de servicio en el Centro Histórico, con el fin de contribuir a la mejora del atractivo de las calles y a la creación de oportunidades y la generación de empleo sostenible. Esta modalidad promueve la instalación de nueva actividad económica en el barrio y, en este sentido, debe implicar la apertura de un local vacío en la planta baja, en entresuelos comerciales o oficinas profesionales, mediante la creación de una nueva empresa o una nueva línea de negocio de una empresa existente, así como mediante la transferencia de actividades. Con estas acciones, el objetivo es revitalizar el centro histórico a través de: a) Promover el emprendimiento b) Apoyar la consolidación de empresas y negocios c) Promover la cohesión social mediante el dinamismo económico d) Promover el empleo y la inserción laboral e) Promover la revitalización urbana de la zona Tercero. Bases regulatorias de URL y procedimiento de URL Bajas: https://seu.paeria.cat/documentPublic/download/46680 Procedimiento: https://tramits.paeria.cat/Ciutadania/DetallTramit.aspx?IdTema=50&IdTramit=3317 Cuarto. Cantidad 80.000€ Quinto. Fecha límite para presentar solicitudes. El plazo para presentar solicitudes comenzará al día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Lleida. El plazo para presentar solicitudes estará vigente hasta la fecha en que exista disponibilidad en los créditos previstos en al convocatoria, sin que este plazo pueda superar el 10 de noviembre de 2026. La información relativa al LUGAR DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN que se debe presentar se encuentra en la sección 9 de las Normas Específicas que regulan esta convocatoria Si la documentación no cumple con los requisitos, la parte interesada deberá corregir el defecto o adjuntar los documentos obligatorios en un plazo de 10 días laborables Sexto. Otros datos. Punto 11 de las bases regulatorias El procesamiento del pago de la ayuda comenzará con la presentación de toda la documentación requerida tras un informe de la comisión técnica y la aprobación de la Junta de Gobierno Local. Se podrán realizar pagos anticipados o pagos a cuenta, exentos de garantía, que serán autorizados por la Junta de Gobierno Local. Punto 9 de la llamada: Los beneficiarios deben presentar una cuenta justificativa (Anexo 2, lista de gastos/inversiones según el formulario estandarizado) firmada electrónicamente con la provisión de prueba de gasto (facturas) que acredite la realización de las acciones elegibles. Además, la prueba de gasto (facturas) debe ser acreditada mediante documentación que lo acredite. Se establecen diferentes plazos de justificación en función de: - Para aquellas acciones subvencionadas que en el momento de la presentación de la solicitud ya se hayan realizado y pagado en su totalidad, se presentará la justificación de la ayuda junto con la solicitud, proporcionando la documentación establecida en el Reglamento del artículo 10 "Plazo y forma de justificación". - Si, en el momento de la solicitud, se han presentado presupuestos o aún no se han pagado las facturas, la justificación se presentará cuando la acción subvencionada se lleve a cabo y se pague en su totalidad y, como muy tarde, hasta el 31 de marzo de 2027. - En el caso de actividades que aún no hayan comenzado en la fecha de presentación de la solicitud, el periodo de justificación se prorroga hasta el 30 de junio de 2027. Más información sobre la llamada en: Convocatòria catalana: https://seu.paeria.cat/documentPublic/download/46681 Convocatoria castellano: https://seu.paeria.cat/documentPublic/download/46682 Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de septiembre de 2026, que aprueba la convocatoria de subvenciones no competitivas destinadas a promover la actividad económica en el Centro Histórico de Lleida Primero. Beneficiarios: Los trabajadores autónomos, las sociedades mercantiles, cooperativas, las sociedades civiles privadas y cualquier otra entidad con personalidad jurídica propia o sin carácter empresarial y que en el siguiente caso puedan ser beneficiarios de esta ayuda: • Quién ha implementado, o tiene intención de implementar, una nueva actividad económica, comercial, profesional o de servicios en el barrio del Centro Histórico de Lleida, o que ha asumido una actividad económica existente dentro del periodo establecido en la convocatoria. Estos beneficiarios deben tener el estatus de micro y pequeñas empresas, de acuerdo con la definición establecida en el Anexo I del Reglamento de la UE nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Para estos fines, las empresas que empleen a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocio o balance anual no supere los 2 millones de euros serán consideradas microempresas; y aquellas que empleen menos de 50 personas y cuyo volumen de negocio o balance anual no supere los 10 millones de euros serán consideradas pequeñas empresas, según los términos previstos en el mencionado Anexo I. Segundo. Propósito El propósito de estas normas es regular la concesión de subvenciones para fomentar el inicio de nuevas actividades económicas, comerciales, profesionales o de servicio en el Centro Histórico, con el fin de contribuir a la mejora del atractivo de las calles y a la creación de oportunidades y la generación de empleo sostenible. Esta modalidad promueve la instalación de nueva actividad económica en el barrio y, en este sentido, debe implicar la apertura de un local vacío en la planta baja, en entresuelos comerciales o oficinas profesionales, mediante la creación de una nueva empresa o una nueva línea de negocio de una empresa existente, así como mediante la transferencia de actividades. Con estas acciones, el objetivo es revitalizar el centro histórico a través de: a) Promover el emprendimiento b) Apoyar la consolidación de empresas y negocios c) Promover la cohesión social mediante el dinamismo económico d) Promover el empleo y la inserción laboral e) Promover la revitalización urbana de la zona Tercero. Bases regulatorias de URL y procedimiento de URL Bajas: https://seu.paeria.cat/documentPublic/download/46680 Procedimiento: https://tramits.paeria.cat/Ciutadania/DetallTramit.aspx?IdTema=50&IdTramit=3317 Cuarto. Cantidad 80.000€ Quinto. Fecha límite para presentar solicitudes. El plazo para presentar solicitudes comenzará al día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Lleida. El plazo para presentar solicitudes estará vigente hasta la fecha en que exista disponibilidad en los créditos previstos en al convocatoria, sin que este plazo pueda superar el 10 de noviembre de 2026. La información relativa al LUGAR DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN que se debe presentar se encuentra en la sección 9 de las Normas Específicas que regulan esta convocatoria Si la documentación no cumple con los requisitos, la parte interesada deberá corregir el defecto o adjuntar los documentos obligatorios en un plazo de 10 días laborables Sexto. Otros datos. Punto 11 de las bases regulatorias El procesamiento del pago de la ayuda comenzará con la presentación de toda la documentación requerida tras un informe de la comisión técnica y la aprobación de la Junta de Gobierno Local. Se podrán realizar pagos anticipados o pagos a cuenta, exentos de garantía, que serán autorizados por la Junta de Gobierno Local. Punto 9 de la llamada: Los beneficiarios deben presentar una cuenta justificativa (Anexo 2, lista de gastos/inversiones según el formulario estandarizado) firmada electrónicamente con la provisión de prueba de gasto (facturas) que acredite la realización de las acciones elegibles. Además, la prueba de gasto (facturas) debe ser acreditada mediante documentación que lo acredite. Se establecen diferentes plazos de justificación en función de: - Para aquellas acciones subvencionadas que en el momento de la presentación de la solicitud ya se hayan realizado y pagado en su totalidad, se presentará la justificación de la ayuda junto con la solicitud, proporcionando la documentación establecida en el Reglamento del artículo 10 "Plazo y forma de justificación". - Si, en el momento de la solicitud, se han presentado presupuestos o aún no se han pagado las facturas, la justificación se presentará cuando la acción subvencionada se lleve a cabo y se pague en su totalidad y, como muy tarde, hasta el 31 de marzo de 2027. - En el caso de actividades que aún no hayan comenzado en la fecha de presentación de la solicitud, el periodo de justificación se prorroga hasta el 30 de junio de 2027. Más información sobre la llamada en: Convocatòria catalana: https://seu.paeria.cat/documentPublic/download/46681 Convocatoria castellano: https://seu.paeria.cat/documentPublic/download/46682
Procedencia de los campos importantes
- Solicitantes: Extracto oficial específico: apartado Beneficiarios · Consultar respaldo
- Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
- Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud
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Seleccionadas por destinatario, finalidad y territorio estructurados. Que estén relacionadas no significa que sean acumulables.
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