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Quién ofrece la ayuda: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES

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BBRR y Convocatoria de subvenciones (concesión directa convocatoria abierta) a empresas privadas en sectores industrial y tecnológico para financiar propuestas formativas de especial interés para la Provincia por su impacto significativo en el empleo 2026

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Quién puede pedirla
Solicitantes específicos pendientes de confirmar; las categorías generales BDNS son orientativas
Para qué sirve
Finalidad oficial general: Fomento del Empleo. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
Cuánto puedes recibir
Cuantía individual no confirmadaSubvención
Dónde aplica
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Condiciones de acceso

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Qué gastos cubre y qué debes aportar

El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.

“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.

Compatibilidad, ejecución y justificación

No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.

Inicio de ejecución
No consta
Fin de ejecución
No consta
Fin de justificación
No consta

Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.

Cómo solicitarla

No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.

Antes de empezar, prepara

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Fuentes, bases y datos de la convocatoria

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BBRR y Convocatoria de subvenciones (concesión directa convocatoria abierta) a empresas privadas en sectores industrial y tecnológico para financiar propuestas formativas de especial interés para la Provincia por su impacto significativo en el empleo 2026

Código BDNS
934405
Edición
2026
Organismo y departamento
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES · DIPUTACIÓN PROV. DE CÁCERES
Administración
LOCAL
Instrumento
SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Régimen de concesión
Concesión directa - canónica
Fondos de toda la convocatoria
250.000 €. No es el máximo individual.
Fecha de publicación
9 oct 2026
Registro en BDNS
8 oct 2026
Zona horaria del plazo
Europe/Madrid
Región de impacto BDNS
Cáceres (dato estadístico)
Territorio del gestor
Cáceres (no acredita acceso)
Minimis
Régimen minimis declarado; verifica el reglamento y periodo aplicables

B.O.P. DE CÁCERES · 9 oct 2026 Ver extracto oficial

Leer el extracto oficial disponible

1.- OBJETO Y ENTIDADES DESTINATARIAS DE LA CONVOCATORIA Las presentes bases tienen por objeto la regulación, en régimen de concesión directa convocatoria abierta, de las ayudas a conceder a empresas de los sectores industrial y tecnológico para financiación de propuestas formativas de especial interés para la provincia por su impacto significativo en el empleo, que se realicen durante el 2026 y el 2027. Todo ello con la finalidad de fomentar la empleabilidad de los habitantes de la provincia de Cáceres como medio para luchar contra la despoblación y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.. 2.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA La presente convocatoria de subvenciones está consignada en el Presupuesto General de la Diputación Provincial de Cáceres del ejercicio 2026, en la aplicación CONVOC. CURSOS FORMACION- PROMOC. ECONOM. Y ACTIV.EMPL. TECNOLOGICO 04.2417.47001, dotada con un importe de 100.000 €, posteriormente dicha aplicación se incrementó en 150.000 € mediante la aprobación del expedienta de Modificación presupuestaria nº 86/2026, por transferencias de crédito, por Resolución presidencial; por tanto la dotación presupuestaria final arroja un montante de 250.000 € 3.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES Podrán solicitar esta subvención y, en consecuencia, podrán ser beneficiarias, las empresas de los sectores industrial y tecnológico, cualquiera que sea su forma jurídica, que tengan su sede o un centro de trabajo en el territorio provincial, o que adquieran el compromiso firme de establecerlo. También podrán ser beneficiarias aquellas empresas radicadas en territorio nacional, aún fuera de la provincia, que dispongan de la logística, los recursos humanos y materiales necesarios para impartir la formación en Cáceres. Todo ello siempre que no se encuentren incursas en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas de las contempladas en el artículo 13 de la LGS y cumplan con lo establecido en el artículo 7 de la Ordenanza de Subvenciones de esta Diputación, lo que se acreditará según se indica en el citado artículo. En cuanto a su actividad económica, y con el objeto de encuadrar las entidades empresariales que podrán acceder a esta convocatoria de subvenciones públicas, las mismas deberán estar clasificadas en alguna de las divisiones del CNAE-2025 que se detallan en las Bases de la Convocatoria. 4.- SOLICITUDES La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres. La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en su caso, la fase de reintegro. La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a través de la sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las partes. Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se formalizará la entrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por el Reglamento del Registro General de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, publicado en el B.O.P. número 74, de 21 abril de 2010 modificado por acuerdo de pleno de 27 de junio de 2013 y cuya modificación fue publicada en el BOP nº 163 de 23 de agosto. Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos electrónicos a cumplimentar en las diferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la mencionada sede y deberán ser obligatoriamente utilizados cuando así proceda. Plazo de Presentación de las solicitudes: Las solicitudes podrán presentarse por las entidades interesadas a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y hasta el 16 de noviembre de 2026, no admitiéndose las presentadas fuera de plazo. La presentación de la solicitud por parte de la entidad interesada implicará la aceptación de las presentes bases de convocatoria, así como el consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. 5.- DOCUMENTOS Cada entidad podrá presentar una única solicitud con un único proyecto, cumplimentando todos los campos obligatorios del formulario general de la sede electrónica. Las solicitudes se cumplimentarán necesariamente con los medios electrónicos disponibles en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres, de acuerdo con las instrucciones publicadas a tal efecto. En el formulario aparecerán las siguientes informaciones a completar: 1.-     Información del solicitante y conjunto de autorizaciones y declaraciones. Para proceder a la tramitación de la subvención, la entidad solicitante deberá introducir todos sus datos identificativos en los campos marcados como obligatorios. El carácter obligatorio de la información vendrá expresado de forma clara en la propia sede. Con respecto a los datos a completar, en relación a la persona de contacto técnico, podrá autorizar que dicha persona sea incluida como interesada del procedimiento a efectos de notificación y gestión de este expediente. Podrá autorizar a la Diputación Provincial de Cáceres para que pueda obtener directamente y/o por medios telemáticos la información y datos necesarios para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases de este procedimiento. En caso contrario, deberá aportar las certificaciones de estar al corriente con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Deberá declarar de forma obligatoria no incurrir en ninguna causa de incompatibilidad que impida acceder a la subvención, así como autorizar a recibir todas las comunicaciones y notificaciones que se realicen a lo largo de la tramitación del expediente electrónico a través del registro electrónico. 2.-     Memoria o programa de actividades y presupuestos de gastos de funcionamiento y/o actividades. La entidad solicitante, en este apartado, podrá indicar el nombre del proyecto, haciendo referencia, en los datos a rellenar, a la propuesta formativa presentada como documento complementario obligatorio relacionado a continuación. 3.-     Documentación complementaria obligatoria. Las solicitudes deben ir acompañadas de la documentación que se indica a continuación, con carácter obligatorio: -       En caso de personas jurídicas, documentación relativa a su debida creación e inscripción (escrituras de constitución, justificación del oportuno registro de las mismas, CIF y certificado de actividades económicas con una antigüedad máxima de 1 mes anterior a la fecha de solicitud). -       En caso de empresarios individuales se aportará el certificado de actividades económicas y/o profesionales con una antigüedad máxima igual a la descrita en el apartado anterior. -       Propuesta formativa acorde a lo establecido en la BASE PRIMERA de esta convocatoria. La propuesta debe incluir el siguiente contenido mínimo: •       Memoria explicativa en la que se justifique el interés para el empleo del proyecto formativo que se presenta y su impacto significativo en la mejora de la empleabilidad mediante la adquisición de un conjunto integrado de habilidades, conocimientos y aptitudes alineados con la demanda del mercado de trabajo de la provincia referido a las empresas de base industrial y tecnológica. Además, dará cuenta de la capacidad operativa e idoneidad profesional para llevar a cabo el curso, basándose en sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad. •       Plan formativo con el diseño y descripción de los contenidos formativos, destinatarios/as de la actuación (mínimo de diez personas, de las que, al menos el 75% sean desempleadas, pudiendo ser hasta un 25% trabajadoras de la propia empresa subvencionada), metodología, criterios de evaluación de competencias mediante el detalle de los resultados de aprendizaje esperados, recursos materiales con mención expresa de las instalaciones, máquinas, herramientas e insumos puestos a disposición de la acción formativa, además del material didáctico, ropa de trabajo y equipos de protección individual incluidos en la propuesta, recursos humanos y caracterización profesional del equipo docente adscrito a la prestación, perfil de las personas destinatarias, horas de formación, duración, modalidad y lugar de impartición. •       Estimación de sus necesidades de contratación en el corto y medio plazos con mención expresa de los perfiles profesionales y competenciales que correspondan. •       Presupuesto desglosado y detallado por conceptos de la propuesta formativa. En dicho presupuesto, en el apartado relativo a los costes de los formadores, se desglosarán tanto el número de horas de impartición de la materia correspondiente como aquellas otras referidas a conceptos tales como la preparación, la evaluación y, en su caso, la tutoría. •       Certificado de ayudas percibidas bajo Régimen de Mínimis. •       Declaración Responsable de datos Bancarios. Este documento se aportará en aquellos casos en los que la Diputación Provincial de Cáceres no tenga conocimiento de los datos bancarios necesarios para hacer efectivo el abono de la ayuda que, en su caso, le fuera concedida a la entidad solicitante o hubieran variado datos con respecto a los ya comunicados con anterioridad por dicha Entidad. Dicha Declaración deberá ser firmada digitalmente por la persona beneficiaria y deberá hacerse llegar a la Tesorería Provincial, bien a través de la sede electrónica o por correo electrónico a tesoreria@dip-caceres.es. Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar información, podrá dirigirse por correo electrónico al órgano gestor para plantear tal circunstancia, quien autorizará, en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento excepcional”. 6.- CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES La cuantía individualizada de la subvención a conceder podrá alcanzar el 100 % de la cuantificación, siempre con el límite de 59.999,99 € de costes de impartición de las acciones formativas que, de forma justificada, las entidades hayan previsto en el presupuesto del programa formativo, debiendo estar dichos costes debidamente desglosados por cada una de las acciones formativas que comprendan el programa. El importe máximo de la subvención será inferior a 60.000 euros, cantidad por debajo de la cual se admite la cuenta justificativa simplificada (art. 75 del Reglamento LGS) para justificar la subvención recibida mediante la aportación de memoria, relación de gastos y declaraciones responsables, sin necesidad de presentar inicialmente justificantes bancarios/facturas. 7.- OTROS DATOS DE INTERÉS Las ayudas serán prepagables al 100%. - Plazo de ejecución: El plazo de ejecución del proyecto o actividad subvencionada será desde el día de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres hasta el 31 de diciembre de 2027. - Plazo de justificación: hasta el 31 de marzo de 2028.

Procedencia de los campos importantes
  • Solicitantes: SNPSAP/BDNS: tiposBeneficiarios
  • Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
  • Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud

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Seleccionadas por destinatario, finalidad y territorio estructurados. Que estén relacionadas no significa que sean acumulables.

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Cuantía individualHasta 3000 €

AYUNTAMIENTO DE VILLACARRILLO

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Auto+ 2026 · Vehículos CERO para empresas y autónomos

Auto+ 2026, línea 2: compra, leasing o renting de vehículos eléctricos y electrificados con etiqueta CERO por empresas y personas autónomas. La compra o financiación debe cumplir las condiciones de la convocatoria. Las cuantías varían por categoría y tamaño empresarial; los topes por vehículo no equivalen al importe total por beneficiario. El plazo termina el 31 de diciembre a las 14:00, hora peninsular.

Autónomo · Empresa (tamaño sin especificar)España
Cuantía individualCuantía individual no confirmada

DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS INDUSTRIALES

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