Cerrada

Finalizó: 30 sept 2026, 09:00 · hora peninsular

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Fuentes oficiales

Quién ofrece la ayuda: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA

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Resolución de Presidencia 2026/6590 de 9 de septiembre, de aprobación de la Convocatoria de subvenciones para la recuperación económica de la industria agroalimentaria, la agricultura, la ganadería y la pesca en la provincia de Málaga (Plan Málaga VI).

No disponemos todavía de una explicación simplificada revisada. El título oficial y las fuentes permiten comprobar el objeto de esta convocatoria.

Quién puede pedirla
Solicitantes específicos pendientes de confirmar; las categorías generales BDNS son orientativas
Para qué sirve
Finalidad oficial general: Agricultura, Pesca y Alimentación. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
Cuánto puedes recibir
Cuantía individual no confirmadaSubvención
Dónde aplica
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Condiciones de acceso

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Qué gastos cubre y qué debes aportar

El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.

“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.

Compatibilidad, ejecución y justificación

No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.

Inicio de ejecución
No consta
Fin de ejecución
No consta
Fin de justificación
No consta

Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.

Cómo se tramitaba esta edición

La información siguiente es histórica. No constituye una reapertura.

No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.

Antes de empezar, prepara

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Fuentes, bases y datos de la convocatoria

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Resolución de Presidencia 2026/6590 de 9 de septiembre, de aprobación de la Convocatoria de subvenciones para la recuperación económica de la industria agroalimentaria, la agricultura, la ganadería y la pesca en la provincia de Málaga (Plan Málaga VI).

Código BDNS
928621
Edición
2026
Organismo y departamento
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA · DIPUTACIÓN PROV. DE MÁLAGA
Administración
LOCAL
Instrumento
SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Régimen de concesión
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos de toda la convocatoria
5.453.894 €. No es el máximo individual.
Fecha de publicación
16 sept 2026
Registro en BDNS
10 sept 2026
Zona horaria del plazo
Europe/Madrid
Región de impacto BDNS
Málaga (dato estadístico)
Territorio del gestor
Málaga (no acredita acceso)

B.O.P. DE MÁLAGA · 16 sept 2026 Ver extracto oficial

Leer el extracto oficial disponible

Primero.- Objeto. 1. El objeto de la convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las siguientes líneas de subvenciones destinadas a la recuperación económica de la industria agroalimentaria, la agricultura, la ganadería y la pesca en la provincia de Málaga (Plan Málaga VI), con el fin de conservar, garantizar, dinamizar el desarrollo económico en el territorio e impulsar la creación de nuevas oportunidades en el sector  primario, mitigando la carga y aumento de los costes de producción, así como el fomento de productos locales: 1. LÍNEA 1. GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS. 2. LÍNEA 2. GASTOS  DE INVERSIÓN. Segundo.- Beneficiarios Podrán ser beneficiarias las personas  físicas, las  jurídicas, y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aun careciendo de personalidad jurídica, que presentando la solicitud en plazo y según modelo normalizado, cumplan con los requisitos relacionados en el art 2 de las bases reguladoras de la convocatoria Tercero.- Bases reguladoras. Anexo V.34 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Málaga, aprobadas la modificación de las bases reguladoras por acuerdo extraordinario de Pleno de 24 de julio de 2026, punto único, y publicadas en el BOPMA número 169 de fecha de 2 de septiembre de 2026. Cuarto.- Financiación y cuantía de la subvención. La convocatoria se financia con cargo a los créditos presupuestarios que figuran en el presupuesto del año 2026 de la Diputación Provincial de Málaga, por un  importe total de cinco millones cuatrocientos cincuenta y tres mil ochocientos noventa y cuatro Euros y treinta céntimos (5.453.894,30 €), consignados en el proyecto de gasto con número de código 2026/2/4191/1, imputados a las siguientes aplicaciones presupuestarias. LÍNEA 1. GASTOS CORRIENTES: 2026/1101/4191/47900 (otras subvenciones a empresas privadas): 2.183.500,00€. LÍNEA 2. GASTOS DE INVERSIÓN: 2025/1101/4191/7700000 (a empresas privadas): 3.270.394,30 €. 1. La cuantía máxima a conceder a las personas beneficiarias de las subvenciones se determinará teniendo en cuenta lo siguiente para cada una de las líneas:           Línea 1: Gastos corrientes:          - La cuantía máxima a conceder a las personas beneficiarias de la subvención no podrá ser superior a seis mil euros (6000,00 euros).           Línea 2: Gastos de inversión:           - Cuando el importe del proyecto, IVA excluido, sea inferior o igual a 10.000,00 euros, se concederá subvención por el 100 % del importe total del proyecto.           - Cuando el importe del proyecto supere la cuantía de 10.000,00 euros, IVA excluido, la cuantía de la subvención será el 85 % del proyecto, con un un máximo de 14.000,00 euros de cuantía de            la subvención. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles (10 días), iniciándose el plazo a las 9:00 horas del día siguiente al de publicación, en el Boletín Oficial de la Provincia el extracto de la convocatoria previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones, y finalizará a las 24:00 horas del décimo día hábil. La presentación de solicitudes, con la documentación prevista en el art 8 de las bases reguladoras, y art 6 de la convocatoria, se efectuará preferentemente a través de medios electrónicos en la sede electrónica (https://sede.malaga.es/), en el trámite especifico habilitado al efecto, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en atención a la obligación o no de relacionarse con la Administración por medios electrónicos. Así, la presentación de solicitudes podrá efectuarse: 1.1) Para los interesados obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos: a) En el registro electrónico de la Diputación de Málaga, accesible a través de la sede electrónica. b) En el registro electrónico común, accesible en la página web https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do, o el que corresponda, en su caso. 1.2) Para los restantes interesados: a) En algunos de los medios anteriormente señalados. b) En las oficinas de Correos, mediante correo certificado en sobre abierto. c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en    el extranjero. d) En la Oficina de Asistencia en materia de registro de la Diputación Provincial de Málaga o en alguna de las siguientes, siempre que se encuentren conectadas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR): Administración General del Estado, o Administración de las comunidades autónomas, o entidades que  integran la Administración Local, u órganos públicos y entidades integrantes del sector público institucional. 2. La presentación de solicitudes, junto a la documentación prevista en el artículo 6 de la convocatoria, se realizará a través del trámite específico habilitado al efecto en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Málaga titulado “Convocatoria 2026 Subvenciones a la industria agroalimentaria, la agricultura, la ganadería y a pesca (Plan Málaga VI): https://sede.malaga.es/catalogo-de-tramites/ Sexto.- Otros datos. El plazo de ejecución de los gastos subvencionables será el comprendido entre el 2 de mayo  de 2026 y el 31 de mayo de 2027, permitiéndose los gastos realizados con anterioridad a la publicación de la convocatoria de la subvención, siempre que hayan sido ejecutadas dentro del periodo señalado anteriormente. Los beneficiarios de la subvención deberán presentar la justificación en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de ejecución, en el modo  y con los requisitos establecidos en los artículos 11 de las bases que regulan la presente convocatoria.

Procedencia de los campos importantes
  • Solicitantes: SNPSAP/BDNS: tiposBeneficiarios
  • Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
  • Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud

Alternativas actualmente abiertas

Seleccionadas por destinatario, finalidad y territorio estructurados. Que estén relacionadas no significa que sean acumulables.

AbiertaTrámite identificado

Hasta: 20 nov 2026 · hora de cierre no confirmada

Inversiones agrarias en Illes Balears · Vacuno de leche, línea C

Fogaiba: inversiones en explotaciones agrarias de Illes Balears, línea C. Apoya inversiones elegibles para mejorar la explotación, con requisitos de registro, formación y valoración. La línea C se dirige a inversiones vinculadas al vacuno de leche.

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FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA)

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AbiertaTrámite identificado

Hasta: 20 nov 2026 · hora de cierre no confirmada

Inversiones agrarias en Illes Balears · Línea B 2026

Fogaiba: inversiones en explotaciones agrarias de Illes Balears, línea B. Apoya inversiones elegibles para mejorar la explotación, con requisitos de registro, formación y valoración. La línea B admite inversiones de hasta 100.000 €.

Explotación agraria · Explotación ganadera · AutónomoIlles Balears
Cuantía individualCuantía individual no confirmada

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA)

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AbiertaTrámite identificado

Hasta: 20 nov 2026 · hora de cierre no confirmada

Inversiones agrarias en Illes Balears · Línea A 2026

Fogaiba: inversiones en explotaciones agrarias de Illes Balears, línea A. Apoya inversiones elegibles para mejorar la explotación, con requisitos de registro, formación y valoración. La línea A exige superar 100.000 € de inversión.

Explotación agraria · Explotación ganadera · AutónomoIlles Balears
Cuantía individualCuantía individual no confirmada

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA)

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Abierta

Hasta: 31 oct 2026 · hora de cierre no confirmada

Contratación indefinida · Villacarrillo 2026

Plan de ayuda a la contratación de Villacarrillo para autónomos y empresas con domicilio físico y fiscal en el municipio. Apoya la contratación indefinida de una persona desempleada inscrita en el SAE y empadronada localmente. La ayuda es de 2.500 €, o 3.000 € en el supuesto de discapacidad previsto, con obligaciones de mantenimiento.

Autónomo · Empresa (tamaño sin especificar)Villacarrillo
Cuantía individualHasta 3000 €

AYUNTAMIENTO DE VILLACARRILLO

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