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Premios 2026 de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura a municipios, personas físicas o jurídicas y entidades según resolución de fecha 29 de julio de 2026 de la Secretaria General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda

No disponemos todavía de una explicación simplificada revisada. El título oficial y las fuentes permiten comprobar el objeto de esta convocatoria.

Quién puede pedirla
Solicitantes específicos pendientes de confirmar; las categorías generales BDNS son orientativas
Para qué sirve
Finalidad oficial general: Otras actuaciones de carácter económico. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
Cuánto puedes recibir
Cuantía individual no confirmadaSubvención
Dónde aplica
Ámbito de acceso pendiente de confirmar. El lugar del gestor y la región de impacto no acreditan elegibilidad.

¿Puede encajar con tu situación?

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Condiciones de acceso

No contamos con condiciones detalladas revisadas. Consulta la convocatoria y sus bases.

Qué gastos cubre y qué debes aportar

El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.

“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.

Compatibilidad, ejecución y justificación

No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.

Inicio de ejecución
No consta
Fin de ejecución
No consta
Fin de justificación
No consta

Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.

Cómo solicitarla

No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.

Antes de empezar, prepara

No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.

Fuentes, bases y datos de la convocatoria

Ver título oficial y datos técnicos

Premios 2026 de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura a municipios, personas físicas o jurídicas y entidades según resolución de fecha 29 de julio de 2026 de la Secretaria General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda

Código BDNS
933148
Edición
2026
Organismo y departamento
DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y AGENDA URBANA · EXTREMADURA
Administración
AUTONOMICA
Instrumento
SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Régimen de concesión
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos de toda la convocatoria
28.000 €. No es el máximo individual.
Fecha de publicación
8 oct 2026
Registro en BDNS
2 oct 2026
Zona horaria del plazo
Europe/Madrid
Región de impacto BDNS
Extremadura (dato estadístico)
Territorio del gestor
Extremadura (no acredita acceso)

DOE. D.O. DE EXTREMADURA · 8 oct 2026 Ver extracto oficial

Leer el extracto oficial disponible

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y articulo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria de los Premios de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura. Primero. Objeto. 1.Convocatoria para la concesión de los premios de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura del año 2026. 2. El objeto de estos premios es reconocer, estimular, difundir y premiar las actuaciones que supongan una interesante aportación en el ámbito de la arquitectura, el urbanismo y la ordenación del territorio realizadas o que puedan llevarse a cabo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Segundo. Bases reguladoras. Las mismas, se regulan en el Decreto 112/2024, de 3 de septiembre, (publicado en el D.O.E. nº 193, de 3 de octubre de 2024). por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura, y se aprobó la primera convocatoria para el año 2024. Tercero. Persona o entidad beneficiaria. 1. Podrán ser beneficiarias de estos premios: a) En la categoría 1ª, la persona o entidad, pública o privada, titular de la actuación. b) En el resto de las categorías, las autoras y autores de la propuesta. En el caso de que la titular de la actuación sea una administración pública y el proyecto haya sido redactado por personal a su cargo, la beneficiaria será la administración pública, sin perjuicio del reconocimiento de la autoría. 2.Las categorías de los premios de Arquitectura y Urbanismo de Extremadura son las indicadas en punto 4 de la resolución de la Secretaria General de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. Cuarto. Cuantía. 1. Para la financiación de estos premios se destinará la cantidad máxima de 28.000 euros, con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura: Centro gestor 160060000, posición presupuestaria G/262A/48000, Fondo CAGC0000001, y proyecto de financiación 20001029. 2. Los premios consistirán en: a) A la persona autora o entidad clasificada en primer lugar en cada categoría: 3.000 euros, una placa distintiva y ser incluida en actividades organizadas por la consejería competente en materia de arquitectura, urbanismo y ordenación del territorio, en las que se difunda la persona o entidad ganadora del premio. b) A la persona autora o entidad clasificada en segundo lugar en cada categoría: 1.000 euros y un diploma acreditativo. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de las candidaturas será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y de su correspondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y en el modelo que figura como anexo, indicando también la dirección donde está ubicado el trámite del Punto de Acceso General y que es la siguiente: https://www.juntaex.es/w/0606222, según lo dispuesto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad autónoma de Extremadura.

Procedencia de los campos importantes
  • Solicitantes: SNPSAP/BDNS: tiposBeneficiarios
  • Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
  • Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud

Otras oportunidades para revisar

Seleccionadas por destinatario, finalidad y territorio estructurados. Que estén relacionadas no significa que sean acumulables.

AbiertaTrámite identificado

Hasta: 30 nov 2026 · hora de cierre no confirmada

Accesibilidad en viviendas · Castilla-La Mancha 2026

Subvenciones para mejorar la accesibilidad en viviendas de Castilla-La Mancha. Pueden participar propietarios, usufructuarios, determinados arrendatarios y comunidades de propietarios. Esta convocatoria se refiere a actuaciones iniciadas entre julio de 2024 y diciembre de 2025: no presupone que cualquier obra futura sea elegible. La intensidad general es del 60 %, con supuestos de hasta el 80 %.

Persona física · Comunidad de propietariosCastilla La Mancha
Cuantía individualCuantía individual no confirmada

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