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Fecha límite: Sin fecha confirmada

Fuentes oficiales

Quién ofrece la ayuda: AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA

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SUBVENCION DESTINADA A COMUNIDADES DE PROPIETARIOS PARA LOS DAÑOS OCASIONADOS POR FILTRACIONES DE AGUA PROCEDENTES DEL NIVEL FREÁTICO EN ZONAS DE INMUEBLES BAJO RASANTE DE TERRENO

No disponemos todavía de una explicación simplificada revisada. El título oficial y las fuentes permiten comprobar el objeto de esta convocatoria.

Quién puede pedirla
Solicitantes específicos pendientes de confirmar; las categorías generales BDNS son orientativas
Para qué sirve
Finalidad oficial general: Otras Prestaciones económicas. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
Cuánto puedes recibir
Cuantía individual no confirmadaSubvención
Dónde aplica
Ámbito de acceso pendiente de confirmar. El lugar del gestor y la región de impacto no acreditan elegibilidad.

¿Puede encajar con tu situación?

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Condiciones de acceso

No contamos con condiciones detalladas revisadas. Consulta la convocatoria y sus bases.

Qué gastos cubre y qué debes aportar

El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.

“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.

Compatibilidad, ejecución y justificación

No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.

Inicio de ejecución
No consta
Fin de ejecución
No consta
Fin de justificación
No consta

Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.

Cómo solicitarla

No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.

Antes de empezar, prepara

No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.

Fuentes, bases y datos de la convocatoria

Ver título oficial y datos técnicos

SUBVENCION DESTINADA A COMUNIDADES DE PROPIETARIOS PARA LOS DAÑOS OCASIONADOS POR FILTRACIONES DE AGUA PROCEDENTES DEL NIVEL FREÁTICO EN ZONAS DE INMUEBLES BAJO RASANTE DE TERRENO

Código BDNS
911881
Edición
No consta
Organismo y departamento
AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA · CARTAGENA
Administración
LOCAL
Instrumento
SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Régimen de concesión
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos de toda la convocatoria
20.000 €. No es el máximo individual.
Fecha de publicación
13 jun 2026
Registro en BDNS
10 jun 2026
Zona horaria del plazo
Europe/Madrid
Región de impacto BDNS
Region De Murcia (dato estadístico)
Territorio del gestor
Cartagena (no acredita acceso)

BORM. B.O. DE LA REGIÓN DE MURCIA · 13 jun 2026 Ver extracto oficial

Leer el extracto oficial disponible

OBJETO DE LA CONVOCATORIA La presentes bases tienen por objeto regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a financiar actuaciones vinculadas a la mitigación de afecciones derivadas de la elevación del nivel freático en zonas de inmuebles bajo rasante de terreno, ubicados en el término municipal de Cartagena. Las actuaciones subvencionables deberán estar dirigidas a: a) La ejecución de soluciones constructivas destinadas a eliminar las humedades y la entrada de agua proveniente del nivel freático. b) La compra, instalación o sustitución de sistemas de achique y evacuación de agua derivados de la elevación del nivel freático. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS Podrán tener la condición de beneficiarios las comunidades de propietarios de inmuebles con afecciones bajo rasante de terreno de la edificación debidas a la entrada de agua de la capa freática, entre los que se incluyen: • Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios, constituidas conforme a lo dispuesto por el art. 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal que se encuentren en el término municipal de Cartagena. • Los propietarios que, de forma agrupada, ostenten la titularidad de edificios y reúnan los requisitos establecidos por el art. 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal que se encuentren en el término municipal de Cartagena. DISPONIBILIDAD ECONÓMICA Y MÁXIMO A SUBVENCIONAR. La presente convocatoria se financiará con cargo a los créditos establecidos en el Presupuesto General del Ayuntamiento de Cartagena. Para atender el importe previsto, existe crédito presupuestario retenido por importe de 20.000,00€ .La ayuda máxima por beneficiario será de CUATRO MIL euros. En caso de que el crédito presupuestario disponible restante fuera inferior a la cuantía que correspondiera a la última solicitud con derecho a subvención, se concederá únicamente el importe restante disponible hasta el agotamiento del crédito. El importe de la subvención no excederá del 50 por 100 del coste total de la actividad subvencionada, quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. Será subvencionables las siguientes actuaciones: a) Soluciones constructivas. - Impermeabilización de muros y soleras. - Inyecciones de resinas impermeabilizantes. - Ejecución de drenajes perimetrales. - Instalación de láminas drenantes. - Sellado de filtraciones. - Obras de adecuación para evitar la entrada de agua subterránea. - Soluciones técnicas destinadas a eliminar las humedades o filtraciones. b) Sistemas de achique. - Compra e instalación de bombas de achique.- Sustitución de sistemas obsoletos o averiados. - Sistemas automáticos de evacuación de agua. - Sistemas de alimentación auxiliar o emergencia vinculados al achique. No serán subvencionables: - Honorarios de profesionales intervinientes en la redacción de los proyectos. Obras de embellecimiento o mejora no vinculadas a la mitigación del nivel freático LUGAR, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, comenzando a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Las solicitudes se presentarán: en el Registro General sito en la planta baja del edificio administrativo de la C/ San Miguel 8, Cartagena; en cualquiera de las oficinas descentralizadas (OMITAS); en las oficinas de correos o de forma telemática, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento. CRITERIOS OBJETIVOS PARA VALORAR LA SOLICITUD. El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. No obstante, el único criterio de valoración será el orden cronológico de presentación de solicitudes completas en la forma y medios indicados en la Base Sexta, hasta el agotamiento del crédito disponible. A estos efectos: ¿ Se considerará fecha válida aquella en la que la solicitud esté completa y acompañada de toda la documentación exigida. ¿ Las solicitudes incompletas deberán ser subsanadas en el plazo que se determine. ¿ La fecha efectiva de presentación será la de entrada de la documentación completa FORMA DE PAGO Y JUSTIFICACIÓN. El pago de la subvención se realizará con carácter anticipado por el 100% de la ayuda concedida, tras la notificación de la concesión de la subvención, en el número de cuenta aportado por el beneficiario en la documentación adjunta a su solicitud. En el plazo máximo de tres meses contados desde la finalización de la actividad subvencionada, el beneficiario deberá proceder a la justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención, mediante la presentación de cuenta justificativa. REINTEGRO. Cuanto transcurrido el plazo otorgado para la presentación de la justificación, conforme a lo establecido en la Base Décima, ésta no se hubiera efectuado, se acordará el reintegro de la subvención, previo requerimiento. En este caso el beneficiario deberá proceder a la devolución del importe no justificado más los intereses de demora que legalmente resulten aplicables

Procedencia de los campos importantes
  • Solicitantes: Diccionario conservador sobre título/beneficiarios
  • Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
  • Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud

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