Cerrada

Finalizó: 26 feb 2026, 14:00 · hora peninsular

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Segunda convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético mediante bombeo reversible en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – Next GenerationEU.

No disponemos todavía de una explicación simplificada revisada. El título oficial y las fuentes permiten comprobar el objeto de esta convocatoria.

Quién puede pedirla
Solicitantes específicos pendientes de confirmar; las categorías generales BDNS son orientativas
Para qué sirve
Finalidad oficial general: Industria y Energía. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
Cuánto puedes recibir
Cuantía individual no confirmadaSubvención
Dónde aplica

Residencia o domicilio: España

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Condiciones de acceso

No contamos con condiciones detalladas revisadas. Consulta la convocatoria y sus bases.

Qué gastos cubre y qué debes aportar

El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.

“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.

Compatibilidad, ejecución y justificación

No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.

Inicio de ejecución
No consta
Fin de ejecución
No consta
Fin de justificación
No consta

Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.

Cómo se tramitaba esta edición

La información siguiente es histórica. No constituye una reapertura.

No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.

Antes de empezar, prepara

No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.

Fuentes, bases y datos de la convocatoria

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Segunda convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético mediante bombeo reversible en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – Next GenerationEU.

Código BDNS
877869
Edición
No consta
Organismo y departamento
INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE) · MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Administración
ESTADO
Instrumento
SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Régimen de concesión
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos de toda la convocatoria
165.000.000 €. No es el máximo individual.
Fecha de publicación
3 ene 2026
Registro en BDNS
26 dic 2025
Zona horaria del plazo
Europe/Madrid
Región de impacto BDNS
España (dato estadístico)
Territorio del gestor
España (no acredita acceso)
Ayuda de Estado
SA.103068
Financiación europea
MRR / Next Generation declarado

BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO · 3 ene 2026 Ver extracto oficial

Leer el extracto oficial disponible

Primero.: Entidades beneficiarias: Podrán optar a la condición de entidades beneficiarias de las ayudas de esta convocatoria las empresas, universidades, centros de investigación o tecnológicos sin ánimo de lucro, u otras entidades, tanto públicos como privados, así como las agrupaciones de personas jurídicas, tanto públicas como privadas, aún careciendo de personalidad jurídica, que cumplan con las condiciones establecidas en los artículos 4 y 5 de la Orden TED/807/2023, de 17 de julio. Segundo. Finalidad: Apoyar la inversión en proyectos innovadores de almacenamiento energético, mediante bombeo reversible (centrales hidroeléctricas reversibles), en el marco de la inversión 9 del componente 31 del anexo revisado de la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU. Tercero. Bases reguladoras: Orden TED/807/2023, de 17 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU, parcialmente modificada por la Orden TED/1444/2025, de 11 de diciembre de 2025, por la que se modifican las bases reguladoras de varios programas de ayudas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Cuarto. Importe: El presupuesto asignado para esta convocatoria asciende a 90.000.000 €, que se financiará con los fondos disponibles en IDAE procedentes de las transferencias realizadas desde el Servicio 50 “Mecanismo de Recuperación y Resiliencia” de la Sección 23 “Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico” en los ejercicios 2021, 2022, 2023 y 2024 para la realización de actuaciones en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que se vinculan a la nueva Componente 31, Inversión 9, conforme a lo previsto en el apartado 3 de la Disposición adicional Tercera de la Orden TED/1444/2025, de 11 de diciembre. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 27 de enero de 2026 y finalizará a las 14:00 horas del día 26 de febrero de 2026 (13:00 horas en la comunidad autónoma de Canarias). Transcurrido dicho plazo, no serán admitidas más solicitudes. Sexto. Otros datos: 1. El período de ejecución del proyecto se determinará en la resolución de concesión definitiva y, en todo caso, las instalaciones deberán encontrarse completamente finalizadas antes del 30 de junio de 2035, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 15 de la de la Orden TED/807/2023, de 17 de julio. El plazo de justificación será de tres meses, contados a partir de la fecha en que expire el plazo máximo ejecución. 2. Para la determinación de la cuantía individual de la ayuda correspondiente a cada proyecto se tendrán en cuenta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden TED/807/2023, de 17 de julio y la disposición quinta de esta convocatoria, los gastos subvencionables reales del proyecto, la ayuda solicitada y las disponibilidades financieras. 3. La ayuda máxima a conceder en la convocatoria, por proyecto y entidad beneficiaria, será de 50 millones de euros. 4. El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme al artículo 22 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de acuerdo con los criterios establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria con modalidad en forma de subvención a fondo perdido. 5. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 13 del artículo 27 de la TED/807/2023, de 17 de julio, se establece la obligación de constituir una garantía de participación en la convocatoria y ejecución del proyecto, para asegurar el cumplimiento y mantenimiento de las obligaciones a las que se compromete el solicitante al presentar su solicitud en esta convocatoria y en la resolución de concesión y sus posibles modificaciones aprobadas, de ser adjudicatorios de ayuda. 6. El IDAE, podrá conceder anticipos de hasta un 100% del importe de la ayuda, previa aportación de una garantía, de conformidad con lo estipulado en la disposición vigesimoprimera de la convocatoria y los artículos 14 y 27 de la Orden TED/807/2023, de 17 de julio. 7. Las solicitudes para la obtención de las ayudas se dirigirán al IDAE, y estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en el Portal de Ayudas alojado en la sede electrónica del IDAE (https://sede.idae.gob.es/), donde se dispondrán los medios electrónicos de ayuda necesarios.

Procedencia de los campos importantes
  • Solicitantes: SNPSAP/BDNS: tiposBeneficiarios
  • Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
  • Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud

Alternativas actualmente abiertas

Seleccionadas por destinatario, finalidad y territorio estructurados. Que estén relacionadas no significa que sean acumulables.

Abierta

Hasta: 31 oct 2026 · hora de cierre no confirmada

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