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La solicitud se presenta ante el organismo. Comprueba los medios de identificación admitidos en la sede.

Renovables para comunidades energéticas y de propietarios · Castilla-La Mancha

Explicación simplificada

Ayudas de Castilla-La Mancha para instalaciones de aprovechamiento de energías renovables promovidas por comunidades energéticas y comunidades de propietarios. Hay que comprobar la constitución de la comunidad, la actuación técnica admitida y el régimen de ayudas aplicable. El presupuesto publicado corresponde a toda la convocatoria.

Quién puede pedirla
Comunidad de propietarios · Comunidad energéticaFuente de beneficiarios
Para qué sirve
Ayudas de Castilla-La Mancha para instalaciones de aprovechamiento de energías renovables promovidas por comunidades energéticas y comunidades de propietarios.
Cuánto puedes recibir
Cuantía individual no confirmadaSubvención
Dónde aplica

Proyecto: Castilla La Mancha

¿Puede encajar con tu situación?

Estas son condiciones de la convocatoria. Aún no hemos comprobado tu perfil.

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Condiciones de acceso

No contamos con condiciones detalladas revisadas. Consulta la convocatoria y sus bases.

Debes comprobar

  • Ser una comunidad energética o comunidad de propietarios que cumpla el artículo 3 de la Orden 52/2026.Ver condición en la fuente
  • El proyecto debe situarse en Castilla-La Mancha y corresponder a una de las actuaciones del artículo 11 de las bases. Verificar requisitos técnicos y gastos elegibles.Ver condición en la fuente
  • Comprobar el régimen de ayudas aplicable y el plazo de ejecución: con carácter general, 15 meses desde la resolución y posible prórroga en los términos de las bases.Ver condición en la fuente

Qué gastos cubre y qué debes aportar

El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.

“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.

Compatibilidad, ejecución y justificación

No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.

Inicio de ejecución
No consta
Fin de ejecución
No consta
Fin de justificación
No consta

Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.

Cómo solicitarla

No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.

Antes de empezar, prepara

No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.

Fuentes, bases y datos de la convocatoria

Ver título oficial y datos técnicos

Resolución DG de Transición Energética, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para aprovechamiento de energías renovables destinadas a comunidades energéticas y de propietarios. Minimis Reg (UE) 2023/2831

Código BDNS
927526
Edición
2026
Organismo y departamento
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA · CASTILLA-LA MANCHA
Administración
AUTONOMICA
Instrumento
SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Régimen de concesión
Concesión directa - canónica
Fondos de toda la convocatoria
2.133.654 €. No es el máximo individual.
Fecha de publicación
8 sept 2026
Registro en BDNS
2 sept 2026
Zona horaria del plazo
Europe/Madrid
Región de impacto BDNS
Castilla La Mancha (dato estadístico)
Territorio del gestor
No consta en los datos disponibles (no acredita acceso)
Minimis
Régimen minimis declarado; verifica el reglamento y periodo aplicables
Financiación europea
Fondos europeos declarados en la fuente

DOCM. D.O. DE CASTILLA-LA MANCHA · 8 sept 2026 Ver extracto oficial

Leer el extracto oficial disponible

Este extracto se corresponde con el mismo texto de convocatoria al publicado con los códigos de la BDNS 927466. Primero. Objeto y finalidad 1. La presente resolución tiene por objeto convocar ayudas públicas para el año 2026, para el aprovechamiento de las energías renovables en Castilla-La Mancha, destinadas a comunidades energéticas y a comunidades de propietarios. 2. La finalidad de estas ayudas es incentivar el uso de las energías renovables como energías limpias que sirven para establecer un modelo de desarrollo sostenible y de ahorro energético. Segundo. Régimen jurídico. Las ayudas objeto de la presente convocatoria se regirán por la Orden 52/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el aprovechamiento de las energías renovables en Castilla-La Mancha, destinadas a comunidades energéticas y a comunidades de propietarios cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y, en concreto, por lo establecido en el artículo 2, relativo al régimen jurídico, de la referida orden. Tercero. Entidades beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de las ayudas que recoge la presente convocatoria, las comunidades energéticas y las comunidades de propietarios, en los términos previstos en el artículo 3 de la Orden 52/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible. Cuarto. Financiación. En base a lo dispuesto en el artículo 16 de la Orden 52/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, el importe máximo del crédito destinado a la financiación de las ayudas convocadas por la presente resolución asciende a 10.668.240,50 euros de fondos propios, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.06.0000.G/722A/ FPA0090010 del presupuesto de gastos de la Consejería de Desarrollo Sostenible. Quinto. Actuaciones subvencionables. Las actuaciones subvencionables al amparo de la presente convocatoria deberán ajustarse a las previsiones del artículo 11 de la Orden 52/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible. Sexto. Vigencia de la convocatoria y presentación de solicitudes. 1.De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Orden 52/2026, de 1 14 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, el plazo de presentación de solicitudes será de seis meses desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de energía. 2. Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario online, que se incluirá en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), junto con el resto de documentación precisa. Al presentarse de esta forma, los documentos originales deberán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. Séptimo. Plazo de ejecución. Conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Orden 52/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, el plazo de ejecución finaliza en un máximo de 15 meses, contado desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión de la ayuda solicitada, con posibilidad de la ampliación del mismo por un periodo adicional máximo de 6 meses, previa solicitud motivada de la comunidad interesada dentro del plazo de ejecución.

Procedencia de los campos importantes

Otras oportunidades para revisar

Seleccionadas por destinatario, finalidad y territorio estructurados. Que estén relacionadas no significa que sean acumulables.

Abierta

Hasta: 18 nov 2026, 12:00 · hora peninsular

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