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Resolución de 2 de octubre de 2026, de la Dirección General de Industrias Agroalimentarias, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las ayudas dirigidas a compensar las pérdidas ocasionadas por las inundaciones provocadas por las borrascas

No disponemos todavía de una explicación simplificada revisada. El título oficial y las fuentes permiten comprobar el objeto de esta convocatoria.

Quién puede pedirla
Solicitantes específicos pendientes de confirmar; las categorías generales BDNS son orientativas
Para qué sirve
Finalidad oficial general: Agricultura, Pesca y Alimentación. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
Cuánto puedes recibir
Cuantía individual no confirmadaSubvención
Dónde aplica
Ámbito de acceso pendiente de confirmar. El lugar del gestor y la región de impacto no acreditan elegibilidad.

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Condiciones de acceso

No contamos con condiciones detalladas revisadas. Consulta la convocatoria y sus bases.

Qué gastos cubre y qué debes aportar

El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.

“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.

Compatibilidad, ejecución y justificación

No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.

Inicio de ejecución
No consta
Fin de ejecución
No consta
Fin de justificación
No consta

Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.

Cómo solicitarla

No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.

Antes de empezar, prepara

No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.

Fuentes, bases y datos de la convocatoria

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Resolución de 2 de octubre de 2026, de la Dirección General de Industrias Agroalimentarias, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las ayudas dirigidas a compensar las pérdidas ocasionadas por las inundaciones provocadas por las borrascas

Código BDNS
932960
Edición
2026
Organismo y departamento
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL · ANDALUCÍA
Administración
AUTONOMICA
Instrumento
SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Régimen de concesión
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos de toda la convocatoria
12.000.000 €. No es el máximo individual.
Fecha de publicación
7 oct 2026
Registro en BDNS
1 oct 2026
Zona horaria del plazo
Europe/Madrid
Región de impacto BDNS
Andalucia (dato estadístico)
Territorio del gestor
Andalucia (no acredita acceso)
Minimis
Régimen minimis declarado; verifica el reglamento y periodo aplicables

BOJA. B.O. DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA · 7 oct 2026 Ver extracto oficial

Leer el extracto oficial disponible

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA. Primero. Convocatoria. Se convoca para el ejercicio 2026, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, subvenciones dirigidas a los titulares de centrales de manipulación y acondicionamiento hortofrutícolas, almazaras y centros de recepción, clasificación, tratamiento, envasado y almacenamiento de granos y semillas destinadas a compensar las pérdidas ocasionadas por las inundaciones provocadas por las borrascas acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 en Andalucía. La partida presupuestaria con cargo a la cual se concederán las subvenciones anteriormente reseñadas es : 1200010000 G/71E/47001/00 BOR0000001 Anualidad 2026: 12.000.000,00 € Segundo. Beneficiarios. Personas físicas o jurídicas, y sus agrupaciones, que ejerzan actividad económica en Andalucía como centros de manipulación hortofrutícola, almazaras o centros de recepción, clasificación, tratamiento, envasado y almacenamiento de granos y semillas que ejerzan su actividad en alguno de los sectores anunciados en el apartado 1º del cuadro resumen de las bases reguladoras. Tercero. Objeto. Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva subvenciones dirigidas a los titulares de centrales de manipulación y acondicionamiento hortofrutícolas, almazaras y centros de recepción, clasificación, tratamiento, envasado y almacenamiento de granos y semillas destinadas a compensar las pérdidas ocasionadas por las inundaciones provocadas por las borrascas acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 en Andalucía. Cuarto. Bases reguladoras. La Orden de 23 de Septiembre de 2026 aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a los personas titulares de centrales de manipulación y acondicionamiento hortofrutícolas, almazaras y centros de recepción, clasificación, tratamiento, envasado y almacenamiento de granos y semillas destinadas a compensar las pérdidas ocasionadas por las inundaciones provocadas por las borrascas acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 en Andalucía. Estas ayudas están financiadas con recursos propios de la comunidad autónoma y se acogen al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. Quinto. Importe máximo por beneficiario. La cuantía máxima se determinará con el gasto realizado para ejecutar las actividades indicadas en el apartado 5.a del Cuadro Resumen de la Orden de 23 de Septiembre de 2026. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Séptimo. Otros datos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estos formularios, podrán obtenerse en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/26007.html El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, P.D. Orden de 23 de septiembre de 2026 (BOJA Complementario nº 2 de 24 de septiembre de 2026) la Directora General de Industrias Agroalimentarias, Carmen Cristina de Toro Navero.

Procedencia de los campos importantes
  • Solicitantes: SNPSAP/BDNS: tiposBeneficiarios
  • Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
  • Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud

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Seleccionadas por destinatario, finalidad y territorio estructurados. Que estén relacionadas no significa que sean acumulables.

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