Fecha límite: 28 oct 2026 · hora de cierre no confirmada
Fuentes oficiales
Quién ofrece la ayuda: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
Resolución de 2 de octubre de 2026, de la Dirección General de Industrias Agroalimentarias, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las ayudas dirigidas a compensar las pérdidas ocasionadas por las inundaciones provocadas por las borrascas
No disponemos todavía de una explicación simplificada revisada. El título oficial y las fuentes permiten comprobar el objeto de esta convocatoria.
- Quién puede pedirla
- Solicitantes específicos pendientes de confirmar; las categorías generales BDNS son orientativas
- Para qué sirve
- Finalidad oficial general: Agricultura, Pesca y Alimentación. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
- Cuánto puedes recibir
- Cuantía individual no confirmadaSubvención
- Dónde aplica
- Ámbito de acceso pendiente de confirmar. El lugar del gestor y la región de impacto no acreditan elegibilidad.
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No contamos con condiciones detalladas revisadas. Consulta la convocatoria y sus bases.
Qué gastos cubre y qué debes aportar
El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.
“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.
Compatibilidad, ejecución y justificación
No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.
- Inicio de ejecución
- No consta
- Fin de ejecución
- No consta
- Fin de justificación
- No consta
Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.
Cómo solicitarla
No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.
Antes de empezar, prepara
No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.
Fuentes, bases y datos de la convocatoria
Ver título oficial y datos técnicos
Resolución de 2 de octubre de 2026, de la Dirección General de Industrias Agroalimentarias, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las ayudas dirigidas a compensar las pérdidas ocasionadas por las inundaciones provocadas por las borrascas
- Código BDNS
- 932960
- Edición
- 2026
- Organismo y departamento
- CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL · ANDALUCÍA
- Administración
- AUTONOMICA
- Instrumento
- SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
- Régimen de concesión
- Concurrencia competitiva - canónica
- Fondos de toda la convocatoria
- 12.000.000 €. No es el máximo individual.
- Fecha de publicación
- 7 oct 2026
- Registro en BDNS
- 1 oct 2026
- Zona horaria del plazo
- Europe/Madrid
- Región de impacto BDNS
- Andalucia (dato estadístico)
- Territorio del gestor
- Andalucia (no acredita acceso)
- Minimis
- Régimen minimis declarado; verifica el reglamento y periodo aplicables
- Registro BDNS: BDNS 932960 Edición 2026
- Información del organismo: Información del organismo Edición 2026
- Bases / convocatoria: Bases / convocatoria Edición 2026
- Documento oficial: Texto en castellano de la convocatoria Edición 2026
BOJA. B.O. DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA · 7 oct 2026 Ver extracto oficial
Leer el extracto oficial disponible
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA. Primero. Convocatoria. Se convoca para el ejercicio 2026, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, subvenciones dirigidas a los titulares de centrales de manipulación y acondicionamiento hortofrutícolas, almazaras y centros de recepción, clasificación, tratamiento, envasado y almacenamiento de granos y semillas destinadas a compensar las pérdidas ocasionadas por las inundaciones provocadas por las borrascas acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 en Andalucía. La partida presupuestaria con cargo a la cual se concederán las subvenciones anteriormente reseñadas es : 1200010000 G/71E/47001/00 BOR0000001 Anualidad 2026: 12.000.000,00 € Segundo. Beneficiarios. Personas físicas o jurídicas, y sus agrupaciones, que ejerzan actividad económica en Andalucía como centros de manipulación hortofrutícola, almazaras o centros de recepción, clasificación, tratamiento, envasado y almacenamiento de granos y semillas que ejerzan su actividad en alguno de los sectores anunciados en el apartado 1º del cuadro resumen de las bases reguladoras. Tercero. Objeto. Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva subvenciones dirigidas a los titulares de centrales de manipulación y acondicionamiento hortofrutícolas, almazaras y centros de recepción, clasificación, tratamiento, envasado y almacenamiento de granos y semillas destinadas a compensar las pérdidas ocasionadas por las inundaciones provocadas por las borrascas acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 en Andalucía. Cuarto. Bases reguladoras. La Orden de 23 de Septiembre de 2026 aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a los personas titulares de centrales de manipulación y acondicionamiento hortofrutícolas, almazaras y centros de recepción, clasificación, tratamiento, envasado y almacenamiento de granos y semillas destinadas a compensar las pérdidas ocasionadas por las inundaciones provocadas por las borrascas acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 en Andalucía. Estas ayudas están financiadas con recursos propios de la comunidad autónoma y se acogen al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. Quinto. Importe máximo por beneficiario. La cuantía máxima se determinará con el gasto realizado para ejecutar las actividades indicadas en el apartado 5.a del Cuadro Resumen de la Orden de 23 de Septiembre de 2026. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Séptimo. Otros datos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estos formularios, podrán obtenerse en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/26007.html El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, P.D. Orden de 23 de septiembre de 2026 (BOJA Complementario nº 2 de 24 de septiembre de 2026) la Directora General de Industrias Agroalimentarias, Carmen Cristina de Toro Navero.
Procedencia de los campos importantes
- Solicitantes: SNPSAP/BDNS: tiposBeneficiarios
- Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
- Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud
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