Finalizó: 9 jun 2026, 12:00 · hora peninsular
Fuentes oficiales
Quién ofrece la ayuda: CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN E.P.E
Resolución de 18 de mayo de 2026 de la Dirección General del CDTI, de concesión directa de ayudas a proyectos españoles con Sello de Excelencia del Acelerador del Consejo Europeo de Innovación (FEDER)
No disponemos todavía de una explicación simplificada revisada. El título oficial y las fuentes permiten comprobar el objeto de esta convocatoria.
- Quién puede pedirla
- Solicitantes específicos pendientes de confirmar; las categorías generales BDNS son orientativas
- Para qué sirve
- Finalidad oficial general: Investigación, desarrollo e innovación. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
- Cuánto puedes recibir
- Cuantía individual no confirmadaSubvención
- Dónde aplica
- Ámbito de acceso pendiente de confirmar. El lugar del gestor y la región de impacto no acreditan elegibilidad.
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Qué gastos cubre y qué debes aportar
El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.
“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.
Compatibilidad, ejecución y justificación
No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.
- Inicio de ejecución
- No consta
- Fin de ejecución
- No consta
- Fin de justificación
- No consta
Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.
Cómo se tramitaba esta edición
La información siguiente es histórica. No constituye una reapertura.
No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.
Antes de empezar, prepara
No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.
Fuentes, bases y datos de la convocatoria
Ver título oficial y datos técnicos
Resolución de 18 de mayo de 2026 de la Dirección General del CDTI, de concesión directa de ayudas a proyectos españoles con Sello de Excelencia del Acelerador del Consejo Europeo de Innovación (FEDER)
- Código BDNS
- 906733
- Edición
- 2026
- Organismo y departamento
- CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN E.P.E · MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
- Administración
- ESTADO
- Instrumento
- SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
- Régimen de concesión
- Concesión directa - canónica
- Fondos de toda la convocatoria
- 7.491.732 €. No es el máximo individual.
- Fecha de publicación
- 21 may 2026
- Registro en BDNS
- 20 may 2026
- Zona horaria del plazo
- Europe/Madrid
- Región de impacto BDNS
- Comunidad Valenciana Canarias (dato estadístico)
- Territorio del gestor
- España (no acredita acceso)
- Ayuda de Estado
- SA.123436
- Registro BDNS: BDNS 906733 Edición 2026
- Bases / convocatoria: Bases / convocatoria Edición 2026
- Documento oficial: Texto en castellano de la convocatoria Edición 2026
BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO · 21 may 2026 Ver extracto oficial
Leer el extracto oficial disponible
Primero. Objeto y finalidad de las ayudas. La convocatoria tiene por objeto aprobar el procedimiento de concesión directa de ayudas para la financiación de los proyectos del instrumento Acelerador del Consejo Europeo de Innovación (“EIC Accelerator”) del Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte Europa, que hayan obtenido un Sello de Excelencia en las siguientes convocatorias: - Segunda convocatoria de 2024. - Segunda convocatoria de 2025. Las convocatorias EIC Accelerator pertenecientes a 2024 están incluidas en el Programa de Trabajo del EIC para 2024, aprobado mediante Decisión C (2023) 8849 de 12 de diciembre de 2023 de la Comisión Europea. Las convocatorias de 2025 están incluidas en el Programa de Trabajo del EIC para 2025, aprobado mediante Decisión C (2024) 7451 de 29 de octubre de 2024. La finalidad de estas ayudas es fomentar la implementación de la innovación y la inversión empresarial en I+D+i, como valor añadido y como instrumento para el incremento de la productividad de las empresas reconocidas como excelentes en el instrumento EIC Accelerator. Segundo. Entidades Beneficiarias Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria las empresas que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas (PYMES), según la definición del Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio de 2014, y que se encuentren recogidas en el Anexo I de la convocatoria, por haber obtenido el Sello de Excelencia conforme a lo previsto en el apartado anterior. Tercero. Características y cuantía de la ayuda. Las ayudas se concederán bajo la modalidad de subvenciones. La cuantía de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de la disponibilidad presupuestaria y el porcentaje máximo de cofinanciación FEDER según la región de desarrollo de acuerdo con el artículo 5. 3 de la convocatoria, respetando el límite de intensidad máxima de los costes subvencionables, según lo previsto en el artículo 25 bis del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014 y, y en las normas del Reglamento (UE) 2021/695 de 28 de abril de 2021 Horizonte Europa (HE) y, en concreto en el artículo 48 del mismo. Se concederá el 70 % del presupuesto financiable como ayuda, siempre que el importe máximo de la ayuda no exceda de 2,5 millones de euros por beneficiario y por proyecto. Cuarto. Financiación. La cuantía total máxima de esta convocatoria asciende a 7.491.732,00 euros, que se financiarán con cargo a la partida 28.08.467C.74910 de los Presupuestos Generales del Estado de 2023 prorrogados para 2026 y fondos FEDER 2021-2027. La cofinanciación FEDER se realizará a través del Programa Plurirregional de España FEDER 2021 – 2027. La cuantía cofinanciada por fondos FEDER será anticipada por el CDTI con cargo a su propio patrimonio. Quinto. Proyectos y actividades subvencionables Las actividades subvencionables objeto de la ayuda serán las definidas como subvencionables en virtud de las normas del programa Horizonte Europa, excluidas las actividades que vayan más allá de las actividades de desarrollo experimental, según lo previsto en el Reglamento general de exención por categorías. Las actividades financiables deberán cumplir los siguientes requisitos: Lugar de desarrollo: las actividades deberán desarrollarse en una de las siguientes Comunidades Autónomas y/o Ciudades Autónomas: Canarias y Comunidad Valenciana. Las actividades llevadas a cabo por el personal de la beneficiaria en el desempeño de sus funciones deberán desarrollarse en el territorio en que se ubique el centro al que el mencionado personal esté adscrito. Esto implica que la partida de “Gastos de Personal” deberá corresponder a personas que realicen sus trabajos en dichas Comunidades/Ciudades Autónomas, de forma tal que el trabajador debe estar dado de alta durante todo el desarrollo del proyecto en un centro de trabajo de la Comunidad Autónoma correspondiente. La entidad beneficiaria podrá designar solamente una Comunidad Autónoma como lugar de desarrollo de sus actividades. Duración: Los proyectos podrán tener una duración anual o plurianual. La fecha de inicio del proyecto será el 1 de enero de 2027. La fecha límite de finalización de los proyectos será el 31 de diciembre de 2029, incluyendo posibles prórrogas. Sexto. Gastos subvencionables. Las categorías, los importes máximos y los métodos de cálculo de los costes subvencionables del proyecto objeto de la ayuda serán los definidos como admisibles en virtud de las normas del programa Horizonte Europa. Sólo podrán considerarse financiables aquellos gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad a financiar y resulten estrictamente necesarios, en base a la descripción del proyecto aportada en la solicitud y en la memoria técnica del proyecto descrita en el artículo 11 de la Resolución. Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda comenzará el 26 de mayo de 2026 y finalizará el 9 de junio de 2026 a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular
Procedencia de los campos importantes
- Solicitantes: SNPSAP/BDNS: tiposBeneficiarios
- Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
- Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud
Alternativas actualmente abiertas
Seleccionadas por destinatario, finalidad y territorio estructurados. Que estén relacionadas no significa que sean acumulables.
Hasta: 18 nov 2026, 12:00 · hora peninsular
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