Cerrada

Finalizó: 16 jul 2026, 12:00 · hora peninsular

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INNOGLOBAL 2026 · I+D internacional (cerrada)

Explicación simplificada

CDTI: I+D en cooperación tecnológica internacional para empresas con personalidad jurídica. Las actividades del proyecto deben desarrollarse en una de las once comunidades o ciudades autónomas enumeradas, entre las que no está Cataluña. Domicilio y proyecto son requisitos distintos. Convocatoria cerrada.

Quién puede pedirla
Empresa (tamaño sin especificar) · Microempresa · Pyme · Mediana empresa · Gran empresaFuente de beneficiarios
Para qué sirve
Finalidad oficial general: Investigación, desarrollo e innovación. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
Cuánto puedes recibir
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Condiciones de acceso

Debes comprobar

  • Grandes empresas: desarrollo en Canarias o menos de 499 empleados según convocatoria. Verificar proyecto internacional y condiciones.Ver condición en la fuente

Qué gastos cubre y qué debes aportar

El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.

“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.

Compatibilidad, ejecución y justificación

No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.

Inicio de ejecución
No consta
Fin de ejecución
No consta
Fin de justificación
No consta

Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.

Cómo se tramitaba esta edición

La información siguiente es histórica. No constituye una reapertura.

No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.

Antes de empezar, prepara

No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.

Fuentes, bases y datos de la convocatoria

Ver título oficial y datos técnicos

Resolución de 11 de junio de 2026 de la Presidencia del CDTI por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos de I+D en cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL)

Código BDNS
912195
Edición
2026
Organismo y departamento
CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN E.P.E · MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Administración
ESTADO
Instrumento
SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Régimen de concesión
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos de toda la convocatoria
30.250.000 €. No es el máximo individual.
Fecha de publicación
12 jun 2026
Registro en BDNS
11 jun 2026
Zona horaria del plazo
Europe/Madrid
Territorio del gestor
España (no acredita acceso)
Ayuda de Estado
SA.124047
Financiación europea
Fondos europeos declarados en la fuente

BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO · 13 jun 2026 Ver extracto oficial

BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO · 12 jun 2026 Ver extracto oficial

BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO · 12 jun 2026 Ver extracto oficial

Leer el extracto oficial disponible

Primero. Entidades beneficiarias. Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de las ayudas contempladas en la convocatoria de referencia las siguientes empresas que tengan personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España, o, en el caso de tener domicilio fiscal en la UE, tengan un establecimiento o sucursal ubicado en territorio español: a) Las pequeñas y medianas empresas (pymes), según la definición establecida en el Anexo I de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, y b) Las grandes empresas, siempre que la dirección de desarrollo del proyecto se localice en Canarias, o tengan menos de 499 empleados (pequeñas empresas de mediana capitalización). No podrán ser beneficiarias aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni las restantes exclusiones previstas en la convocatoria de referencia. Segundo. Objeto y características de la ayuda. Será objeto de ayuda la participación española en proyectos de I+D de cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL), según lo establecido en el artículo 1, apartado 2.e) de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero. Los proyectos deberán tener carácter internacional, plurianual y cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria de referencia. No podrán ser objeto de ayuda los proyectos y actividades señalados en el artículo 2 de la convocatoria de referencia. Las ayudas consistirán en subvenciones, cuya cuantía se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario, del desarrollo del proyecto en regiones asistidas, de la disponibilidad presupuestaria, del porcentaje máximo de cofinanciación FEDER según la región de desarrollo y la cuantía máxima disponible de fondos FEDER en cada región. En cualquier caso, la subvención por beneficiario no será inferior al 30% del presupuesto elegible. Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria constituyen ayudas de estado y respetarán lo establecido en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. Tercero. Bases reguladoras. Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero (modificada por la Orden CNU/331/2026, de 8 de abril), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas por el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027. Resultará también aplicable la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el periodo 2021-2027. Cuarto. Financiación de la convocatoria El presupuesto máximo de la convocatoria asciende a 30.250.000 euros, que se financiarán con cargo al patrimonio del CDTI y fondos FEDER 2021-2027. La cofinanciación FEDER se realizará a través del Programa Plurirregional de España FEDER 2021 – 2027. La cuantía cofinanciada por fondos FEDER será anticipada por el CDTI con cargo a su propio patrimonio. De acuerdo con la disponibilidad de fondos FEDER asignada al CDTI durante el periodo 2025-2027 para estas actuaciones, las cuantías máximas de cofinanciación por Comunidad Autónoma son las previstas en el artículo 4 de la convocatoria de referencia. En ningún caso, se podrá superar la cuantía máxima de cofinanciación asignada por Comunidad Autónoma ni el presupuesto total de la convocatoria (30.250.000 euros). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 17 de junio de 2026 y finalizará el 16 de julio de 2026, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular. Primero. Entidades beneficiarias. Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de las ayudas contempladas en la convocatoria de referencia las siguientes empresas que tengan personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España, o, en el caso de tener domicilio fiscal en la UE, tengan un establecimiento o sucursal ubicado en territorio español: a) Las pequeñas y medianas empresas (pymes), según la definición establecida en el Anexo I de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, y b) Las grandes empresas, siempre que la dirección de desarrollo del proyecto se localice en Canarias, o tengan menos de 499 empleados (pequeñas empresas de mediana capitalización). No podrán ser beneficiarias aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni las restantes exclusiones previstas en la convocatoria de referencia. Segundo. Objeto y características de la ayuda. Será objeto de ayuda la participación española en proyectos de I+D de cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL), según lo establecido en el artículo 1, apartado 2.e) de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero. Los proyectos deberán tener carácter internacional, plurianual y cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria de referencia. No podrán ser objeto de ayuda los proyectos y actividades señalados en el artículo 2 de la convocatoria de referencia. Las ayudas consistirán en subvenciones, cuya cuantía se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario, del desarrollo del proyecto en regiones asistidas, de la disponibilidad presupuestaria, del porcentaje máximo de cofinanciación FEDER según la región de desarrollo y la cuantía máxima disponible de fondos FEDER en cada región. En cualquier caso, la subvención por beneficiario no será inferior al 30% del presupuesto elegible. Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria constituyen ayudas de estado y respetarán lo establecido en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. Tercero. Bases reguladoras. Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero (modificada por la Orden CNU/331/2026, de 8 de abril), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas por el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027. Resultará también aplicable la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el periodo 2021-2027. Cuarto. Financiación de la convocatoria El presupuesto máximo de la convocatoria asciende a 30.250.000 euros, que se financiarán con cargo al patrimonio del CDTI y fondos FEDER 2021-2027. La cofinanciación FEDER se realizará a través del Programa Plurirregional de España FEDER 2021 – 2027. La cuantía cofinanciada por fondos FEDER será anticipada por el CDTI con cargo a su propio patrimonio. De acuerdo con la disponibilidad de fondos FEDER asignada al CDTI durante el periodo 2025-2027 para estas actuaciones, las cuantías máximas de cofinanciación por Comunidad Autónoma son las previstas en el artículo 4 de la convocatoria de referencia. En ningún caso, se podrá superar la cuantía máxima de cofinanciación asignada por Comunidad Autónoma ni el presupuesto total de la convocatoria (30.250.000 euros). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el 17 de junio de 2026 y finalizará el 16 de julio de 2026, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular. Primero. Entidades beneficiarias. Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de las ayudas contempladas en la convocatoria de referencia las siguientes empresas que tengan personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España, o, en el caso de tener domicilio fiscal en la UE, tengan un establecimiento o sucursal ubicado en territorio español: a) Las pequeñas y medianas empresas (pymes), según la definición establecida en el Anexo I de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, y b) Las grandes empresas, siempre que la dirección de desarrollo del proyecto se localice en Canarias, o tengan menos de 499 empleados (pequeñas empresas de mediana capitalización). No podrán ser beneficiarias aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni las restantes exclusiones previstas en la convocatoria de referencia. Segundo. Objeto y características de la ayuda. Será objeto de ayuda la participación española en proyectos de I+D de cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL), según lo establecido en el artículo 1, apartado 2.e) de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero. Los proyectos deberán tener carácter internacional, plurianual y cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria de referencia. No podrán ser objeto de ayuda los proyectos y actividades señalados en el artículo 2 de la convocatoria de referencia. Las ayudas consistirán en subvenciones, cuya cuantía se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario, del desarrollo del proyecto en regiones asistidas, de la disponibilidad presupuestaria, del porcentaje máximo de cofinanciación FEDER según la región de desarrollo y la cuantía máxima disponible de fondos FEDER en cada región. En cualquier caso, la subvención por beneficiario no será inferior al 30% del presupuesto elegible. Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria constituyen ayudas de estado y respetarán lo establecido en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. Tercero. Bases reguladoras. Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero (modificada por la Orden CNU/331/2026, de 8 de abril), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas por el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027. Resultará también aplicable la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el periodo 2021-2027. Cuarto. Financiación de la convocatoria El presupuesto máximo de la convocatoria asciende a 30.250.000 euros, que se financiarán con cargo al patrimonio del CDTI y fondos FEDER 2021-2027. La cofinanciación FEDER se realizará a través del Programa Plurirregional de España FEDER 2021 – 2027. La cuantía cofinanciada por fondos FEDER será anticipada por el CDTI con cargo a su propio patrimonio. De acuerdo con la disponibilidad de fondos FEDER asignada al CDTI durante el periodo 2025-2027 para estas actuaciones, las cuantías máximas de cofinanciación por Comunidad Autónoma son las previstas en el artículo 4 de la convocatoria de referencia. En ningún caso, se podrá superar la cuantía máxima de cofinanciación asignada por Comunidad Autónoma ni el presupuesto total de la convocatoria (30.250.000 euros). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el 17 de junio de 2026 y finalizará el 16 de julio de 2026, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Procedencia de los campos importantes
  • Solicitantes: Edición manual · Consultar respaldo
  • Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
  • Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud
  • Explicación simplificada: Edición manual · Consultar respaldo

Alternativas actualmente abiertas

Seleccionadas por destinatario, finalidad y territorio estructurados. Que estén relacionadas no significa que sean acumulables.

Abierta

Hasta: 18 nov 2026, 12:00 · hora peninsular

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