Finalizó: 16 jul 2026, 12:00 · hora peninsular
Fuentes oficiales
Quién ofrece la ayuda: CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN E.P.E
INNOGLOBAL 2026 · I+D internacional (cerrada)
CDTI: I+D en cooperación tecnológica internacional para empresas con personalidad jurídica. Las actividades del proyecto deben desarrollarse en una de las once comunidades o ciudades autónomas enumeradas, entre las que no está Cataluña. Domicilio y proyecto son requisitos distintos. Convocatoria cerrada.
- Quién puede pedirla
- Empresa (tamaño sin especificar) · Microempresa · Pyme · Mediana empresa · Gran empresaFuente de beneficiarios
- Para qué sirve
- Finalidad oficial general: Investigación, desarrollo e innovación. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
- Cuánto puedes recibir
- Cuantía individual no confirmadaSubvención
- Dónde aplica
Residencia o domicilio: España
Proyecto: Andalucia Castilla La Mancha Extremadura Illes Balears Canarias Castilla Y Leon Comunidad Valenciana Galicia Region De Murcia Ciudad Autonoma De Ceuta Ciudad Autonoma De Melilla
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Comprobar con mi perfil, sin registroCondiciones de acceso
- La entidad solicitante debe tener personalidad jurídica propia.Ver condición en la fuente
Debes comprobar
- Grandes empresas: desarrollo en Canarias o menos de 499 empleados según convocatoria. Verificar proyecto internacional y condiciones.Ver condición en la fuente
Qué gastos cubre y qué debes aportar
El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.
“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.
Compatibilidad, ejecución y justificación
No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.
- Inicio de ejecución
- No consta
- Fin de ejecución
- No consta
- Fin de justificación
- No consta
Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.
Cómo se tramitaba esta edición
La información siguiente es histórica. No constituye una reapertura.
No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.
Antes de empezar, prepara
No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.
Fuentes, bases y datos de la convocatoria
Ver título oficial y datos técnicos
Resolución de 11 de junio de 2026 de la Presidencia del CDTI por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos de I+D en cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL)
- Código BDNS
- 912195
- Edición
- 2026
- Organismo y departamento
- CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN E.P.E · MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
- Administración
- ESTADO
- Instrumento
- SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
- Régimen de concesión
- Concurrencia competitiva - canónica
- Fondos de toda la convocatoria
- 30.250.000 €. No es el máximo individual.
- Fecha de publicación
- 12 jun 2026
- Registro en BDNS
- 11 jun 2026
- Zona horaria del plazo
- Europe/Madrid
- Región de impacto BDNS
- Galicia Castilla Y Leon Castilla La Mancha Extremadura Comunidad Valenciana Illes Balears Andalucia Region De Murcia Ciudad Autonoma De Ceuta Ciudad Autonoma De Melilla Canarias (dato estadístico)
- Territorio del gestor
- España (no acredita acceso)
- Ayuda de Estado
- SA.124047
- Financiación europea
- Fondos europeos declarados en la fuente
- Registro BDNS: Registro de la convocatoria Edición 2026
- Documento oficial: Documento de esta edición publicado por el organismo Edición 2026
- Información del organismo: Convocatoria INNOGLOBAL 2026 Edición 2026 Enlace comprobado: 10 oct 2026, 11:42 · posible incidencia técnica
- Procedimiento: Procedimiento oficial Edición 2026
Página de procedimiento; no inicia por sí sola la presentación. Se conserva la dirección, pendiente de edición.
- Bases / convocatoria: Bases / convocatoria Edición 2026
BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO · 13 jun 2026 Ver extracto oficial
BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO · 12 jun 2026 Ver extracto oficial
BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO · 12 jun 2026 Ver extracto oficial
Leer el extracto oficial disponible
Primero. Entidades beneficiarias. Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de las ayudas contempladas en la convocatoria de referencia las siguientes empresas que tengan personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España, o, en el caso de tener domicilio fiscal en la UE, tengan un establecimiento o sucursal ubicado en territorio español: a) Las pequeñas y medianas empresas (pymes), según la definición establecida en el Anexo I de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, y b) Las grandes empresas, siempre que la dirección de desarrollo del proyecto se localice en Canarias, o tengan menos de 499 empleados (pequeñas empresas de mediana capitalización). No podrán ser beneficiarias aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni las restantes exclusiones previstas en la convocatoria de referencia. Segundo. Objeto y características de la ayuda. Será objeto de ayuda la participación española en proyectos de I+D de cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL), según lo establecido en el artículo 1, apartado 2.e) de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero. Los proyectos deberán tener carácter internacional, plurianual y cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria de referencia. No podrán ser objeto de ayuda los proyectos y actividades señalados en el artículo 2 de la convocatoria de referencia. Las ayudas consistirán en subvenciones, cuya cuantía se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario, del desarrollo del proyecto en regiones asistidas, de la disponibilidad presupuestaria, del porcentaje máximo de cofinanciación FEDER según la región de desarrollo y la cuantía máxima disponible de fondos FEDER en cada región. En cualquier caso, la subvención por beneficiario no será inferior al 30% del presupuesto elegible. Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria constituyen ayudas de estado y respetarán lo establecido en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. Tercero. Bases reguladoras. Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero (modificada por la Orden CNU/331/2026, de 8 de abril), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas por el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027. Resultará también aplicable la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el periodo 2021-2027. Cuarto. Financiación de la convocatoria El presupuesto máximo de la convocatoria asciende a 30.250.000 euros, que se financiarán con cargo al patrimonio del CDTI y fondos FEDER 2021-2027. La cofinanciación FEDER se realizará a través del Programa Plurirregional de España FEDER 2021 – 2027. La cuantía cofinanciada por fondos FEDER será anticipada por el CDTI con cargo a su propio patrimonio. De acuerdo con la disponibilidad de fondos FEDER asignada al CDTI durante el periodo 2025-2027 para estas actuaciones, las cuantías máximas de cofinanciación por Comunidad Autónoma son las previstas en el artículo 4 de la convocatoria de referencia. En ningún caso, se podrá superar la cuantía máxima de cofinanciación asignada por Comunidad Autónoma ni el presupuesto total de la convocatoria (30.250.000 euros). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 17 de junio de 2026 y finalizará el 16 de julio de 2026, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular. Primero. Entidades beneficiarias. Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de las ayudas contempladas en la convocatoria de referencia las siguientes empresas que tengan personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España, o, en el caso de tener domicilio fiscal en la UE, tengan un establecimiento o sucursal ubicado en territorio español: a) Las pequeñas y medianas empresas (pymes), según la definición establecida en el Anexo I de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, y b) Las grandes empresas, siempre que la dirección de desarrollo del proyecto se localice en Canarias, o tengan menos de 499 empleados (pequeñas empresas de mediana capitalización). No podrán ser beneficiarias aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni las restantes exclusiones previstas en la convocatoria de referencia. Segundo. Objeto y características de la ayuda. Será objeto de ayuda la participación española en proyectos de I+D de cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL), según lo establecido en el artículo 1, apartado 2.e) de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero. Los proyectos deberán tener carácter internacional, plurianual y cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria de referencia. No podrán ser objeto de ayuda los proyectos y actividades señalados en el artículo 2 de la convocatoria de referencia. Las ayudas consistirán en subvenciones, cuya cuantía se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario, del desarrollo del proyecto en regiones asistidas, de la disponibilidad presupuestaria, del porcentaje máximo de cofinanciación FEDER según la región de desarrollo y la cuantía máxima disponible de fondos FEDER en cada región. En cualquier caso, la subvención por beneficiario no será inferior al 30% del presupuesto elegible. Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria constituyen ayudas de estado y respetarán lo establecido en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. Tercero. Bases reguladoras. Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero (modificada por la Orden CNU/331/2026, de 8 de abril), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas por el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027. Resultará también aplicable la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el periodo 2021-2027. Cuarto. Financiación de la convocatoria El presupuesto máximo de la convocatoria asciende a 30.250.000 euros, que se financiarán con cargo al patrimonio del CDTI y fondos FEDER 2021-2027. La cofinanciación FEDER se realizará a través del Programa Plurirregional de España FEDER 2021 – 2027. La cuantía cofinanciada por fondos FEDER será anticipada por el CDTI con cargo a su propio patrimonio. De acuerdo con la disponibilidad de fondos FEDER asignada al CDTI durante el periodo 2025-2027 para estas actuaciones, las cuantías máximas de cofinanciación por Comunidad Autónoma son las previstas en el artículo 4 de la convocatoria de referencia. En ningún caso, se podrá superar la cuantía máxima de cofinanciación asignada por Comunidad Autónoma ni el presupuesto total de la convocatoria (30.250.000 euros). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el 17 de junio de 2026 y finalizará el 16 de julio de 2026, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular. Primero. Entidades beneficiarias. Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de las ayudas contempladas en la convocatoria de referencia las siguientes empresas que tengan personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España, o, en el caso de tener domicilio fiscal en la UE, tengan un establecimiento o sucursal ubicado en territorio español: a) Las pequeñas y medianas empresas (pymes), según la definición establecida en el Anexo I de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, y b) Las grandes empresas, siempre que la dirección de desarrollo del proyecto se localice en Canarias, o tengan menos de 499 empleados (pequeñas empresas de mediana capitalización). No podrán ser beneficiarias aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni las restantes exclusiones previstas en la convocatoria de referencia. Segundo. Objeto y características de la ayuda. Será objeto de ayuda la participación española en proyectos de I+D de cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL), según lo establecido en el artículo 1, apartado 2.e) de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero. Los proyectos deberán tener carácter internacional, plurianual y cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria de referencia. No podrán ser objeto de ayuda los proyectos y actividades señalados en el artículo 2 de la convocatoria de referencia. Las ayudas consistirán en subvenciones, cuya cuantía se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario, del desarrollo del proyecto en regiones asistidas, de la disponibilidad presupuestaria, del porcentaje máximo de cofinanciación FEDER según la región de desarrollo y la cuantía máxima disponible de fondos FEDER en cada región. En cualquier caso, la subvención por beneficiario no será inferior al 30% del presupuesto elegible. Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria constituyen ayudas de estado y respetarán lo establecido en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. Tercero. Bases reguladoras. Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero (modificada por la Orden CNU/331/2026, de 8 de abril), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas por el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027. Resultará también aplicable la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el periodo 2021-2027. Cuarto. Financiación de la convocatoria El presupuesto máximo de la convocatoria asciende a 30.250.000 euros, que se financiarán con cargo al patrimonio del CDTI y fondos FEDER 2021-2027. La cofinanciación FEDER se realizará a través del Programa Plurirregional de España FEDER 2021 – 2027. La cuantía cofinanciada por fondos FEDER será anticipada por el CDTI con cargo a su propio patrimonio. De acuerdo con la disponibilidad de fondos FEDER asignada al CDTI durante el periodo 2025-2027 para estas actuaciones, las cuantías máximas de cofinanciación por Comunidad Autónoma son las previstas en el artículo 4 de la convocatoria de referencia. En ningún caso, se podrá superar la cuantía máxima de cofinanciación asignada por Comunidad Autónoma ni el presupuesto total de la convocatoria (30.250.000 euros). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el 17 de junio de 2026 y finalizará el 16 de julio de 2026, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.
Procedencia de los campos importantes
- Solicitantes: Edición manual · Consultar respaldo
- Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
- Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud
- Explicación simplificada: Edición manual · Consultar respaldo
Alternativas actualmente abiertas
Seleccionadas por destinatario, finalidad y territorio estructurados. Que estén relacionadas no significa que sean acumulables.
Hasta: 18 nov 2026, 12:00 · hora peninsular
INNOVAE · Proyectos singulares de ahorro y eficiencia energética
INNOVAE apoya proyectos innovadores de ahorro energético en movilidad, industria, edificios terciarios existentes y sustitución de generadores de frío. Beneficiarios, umbrales y requisitos cambian por línea. Las comunidades de propietarios solo figuran en edificios terciarios, no en una rehabilitación residencial genérica.
INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE)
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