Fecha límite: Sin fecha confirmada
Fuentes oficiales
Quién ofrece la ayuda: AYUNTAMIENTO DE VILLARES DE LA REINA
PREMIOS A LA EXCELENCIA DEPORTIVA DESTINADOS A DEPORTISTAS MENORES DE 18 AÑOS DEL MUNICIPIO DE VILLARES DE LA REINA
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- Para qué sirve
- Finalidad oficial general: Otras Prestaciones económicas. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
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- Cuantía individual no confirmadaSubvención
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Qué gastos cubre y qué debes aportar
El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.
“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.
Compatibilidad, ejecución y justificación
No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.
- Inicio de ejecución
- No consta
- Fin de ejecución
- No consta
- Fin de justificación
- No consta
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Cómo solicitarla
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Antes de empezar, prepara
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Fuentes, bases y datos de la convocatoria
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PREMIOS A LA EXCELENCIA DEPORTIVA DESTINADOS A DEPORTISTAS MENORES DE 18 AÑOS DEL MUNICIPIO DE VILLARES DE LA REINA
Concesión de 2.600,00 euros, repartidos a partes iguales entre un máximo de diez premios, a jóvenes deportistas individuales (personas físicas) federados, menores de 18 años y residentes en el municipio, que cumplan los requisitos establecidos en Bases
- Código BDNS
- 932860
- Edición
- No consta
- Organismo y departamento
- AYUNTAMIENTO DE VILLARES DE LA REINA · VILLARES DE LA REINA
- Administración
- LOCAL
- Instrumento
- SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
- Régimen de concesión
- Concurrencia competitiva - canónica
- Fondos de toda la convocatoria
- 2600 €. No es el máximo individual.
- Fecha de publicación
- 6 oct 2026
- Registro en BDNS
- 1 oct 2026
- Zona horaria del plazo
- Europe/Madrid
- Región de impacto BDNS
- Salamanca (dato estadístico)
- Territorio del gestor
- Villares de la Reina (no acredita acceso)
- Registro BDNS: BDNS 932860
- Bases / convocatoria: Bases / convocatoria
- Documento oficial: ANUNCIO CONVOCATORIA
- Documento oficial: MODELO SOLICITUD
- Documento oficial: PUBLICACION BOP BASES
- Documento oficial: FICHA TERCEROS
- Documento oficial: Documento de la convocatoria en español
B.O.P. DE SALAMANCA · 6 oct 2026 Ver extracto oficial
Leer el extracto oficial disponible
Mediante Resolución de Alcaldía de día 1 de octubre de 2026, se acordó convocar los premios a jóvenes deportivas, menores de 18 años y residentes en el municipio, en los términos siguientes: “CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS A LA EXCELENCIA DEPORTIVA DESTINADOS A DEPORTISTAS MENORES DE 18 AÑOS DEL MUNICIPIO DE VILLARES DE LA REINA. Bases reguladoras aprobadas en sesión plenaria del 17 de septiembre de 2026, publicadas en el BOP de Salamanca nº 189 (30 de septiembre de 2026). Aplicación presupuestaria: 3410 48008 “AYUDAS A DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO”. Cuantía máxima a conceder: 2.600,00 € Objeto y finalidad: El objeto de estas bases es regular la concesión de 2.600,00 euros repartidos a partes iguales entre un máximo de diez premios. Cinco para deportistas de modalidades individuales y cinco para deportistas de modalidad colectiva. No obstante, en caso de que en alguna de las modalidades no exista suficientes solicitudes que cumplan los requisitos, los premios restantes podrán asignarse a solicitantes de la otra modalidad que cumplan las condiciones establecidas en dichas Bases. La finalidad perseguida con la concesión de estos premios es la promoción e incentivación de la práctica deportiva individual, colaborando así en la consolidación de su progresión deportiva y personal. Régimen de concesión: concurrencia competitiva. Requisitos y acreditación: Para poder resultar beneficiario de estos premios, deberá cumplir los siguientes requisitos: Ser menor de 18 años a los efectos de las circunstancias del apartado d). Estar empadronados en el municipio de Villares de la Reina en el momento de formalizar la solicitud con una antigüedad mínima ininterrumpida de tres meses. Disponer de licencia federativa por la federación correspondiente durante el año 2025 y 2026. Que concurra alguna de las siguientes circunstancias a lo largo de 2025: Que los deportistas de deportes de práctica individual hayan participado durante el año 2025 en competiciones oficiales de carácter federado a nivel provincial, autonómico, nacional o internacional, alcanzando una posición de al menos un 4º puesto. Que los deportistas de deportes colectivos hayan sido seleccionados para formar parte de la selección autonómica de Castilla y León o nacional. Que hayan sido deportistas considerados oficialmente como de alto rendimiento o equivalente por el CSD o las comunidades autónomas, de acuerdo con su normativa. Que hayan seguido programas de tecnificación tutelados por las federaciones deportivas españolas, o programas tutelados por las comunidades autónomas o federaciones deportivas autonómicas, en los Centros de tecnificación reconocidos por el Consejo Superior de Deportes. No se entenderá cumplido el requisito cuando el motivo en concreto hubiera dado lugar a la concesión de premios en la convocatoria del ejercicio 2025 del Ayuntamiento de Villares de la Reina (BDNS: 858000). No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa, calificada como grave o muy grave. No estar incursos en alguna de las causas contempladas en la normativa de subvenciones. Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes, junto con la documentación reseñada en la Base 8.3, podrá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Villares de la Reina - de lunes a viernes (laborables) en horario de 8:15 a 14:00 horas-, o bien a través del Registro de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://villaresdelareina.sedelectronica.es/catalog/tw/a35f7037-8190-4ce9-8777-af5503a75d6a ); en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. De igual forma, podrá presentarse en cualquiera de las posibles conforme al artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No se tendrán en cuenta aquellas solicitudes presentadas fuera de plazo. Documentación que debe ser presentada: Para que la solicitud del premio sea objeto de valoración, deberá presentarse la siguiente documentación obligatoria: Solicitud debidamente cumplimentada que figura en el ANEXO I de estas bases. Estará a disposición de los interesados en el Registro del Ayuntamiento de Villares de la Reina - sito en Calle Fuente, 42 -, a través de la web del Ayuntamiento (www.villaresdelareina.es) o sede electrónica. Incluyendo en el mismo o adjuntando declaración de las competiciones en las que se ha participado el joven deportista en las dos últimas temporadas y puesto obtenido. Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte del solicitante (progenitor o tutor o deportista mayor de edad). Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte del deportista, en caso de tenerlo. Fotocopia completa del Libro de familia o documento equivalente. En el caso de hijos o hijas adoptados o en situación de acogimiento familiar, original y copia de la resolución administrativa o judicial en la que conste esta circunstancia. Acreditación de la representación legal en caso de que la solicitud se presente por tutor. Copia del convenio regulador o de la sentencia judicial en caso de divorcio o separación o documento equivalente acreditativo de la custodia del menor. Fotocopia de la licencia federativa 2025 y 2026 de la misma modalidad deportiva POR la cual solicita el premio. Certificado de la Federación deportiva competente sobre: No está cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva, calificada como grave o muy grave. Certificado o documento acreditativo expedido por la Federación, Centro de Tecnificación, Consejo Superior de Deportes o entidad competente- del cumplimiento de alguna de las circunstancias del deportista recogidas en la base 5ª (apartado 1) para poder participar en la convocatoria, así como los rendimientos que deban valorarse a los efectos del ANEXO III. Ficha de terceros que figura en el ANEXO II de estas bases. Certificado bancario de titularidad de cuenta corriente determinada por el solicitante del premio o copia de cartilla bancaria que lo acredite. Otros que puedan requerirse en su momento, necesarios para garantizar el cumplimiento de los requisitos. En el momento de presentar la solicitud se exhibirán los documentos originales correspondientes a las fotocopias presentadas. Estos originales se devolverán a los interesados. Criterios de valoración: Resultarán beneficiarios los 10 participantes que alcance una mayor puntuación conforme a su rendimiento acreditado en relación con la puntuación recogida en el ANEXO III; correspondiendo 5 premios a cada modalidad (colectivo e individual). No obstante, en caso de que alguna de las modalidades no exista suficientes solicitudes que cumplan los requisitos, los premios restantes podrán asignarse a solicitantes de la otra modalidad que cumplan las condiciones establecidas en dichas Bases y no se encontraran entre los 5 primeros de su modalidad. No es posible la obtención doble de la condición de beneficiario. En aquellos casos en que por un mismo deportista se presenten méritos en una misma modalidad (individual o colectivo) pero de distinto deporte, la valoración se realizará por la acumulación de todos sus méritos como si de un único deporte se tratara. Serán valoradas las solicitudes de los participantes conforme a la puntuación prevista en el Anexo III. En caso de empate entre los participantes, este se resolverá inicialmente por la mayor puntuación obtenida en el NIVEL 1 del ANEXO III. Si persistiera el empate, por la mayor puntuación en el NIVEL 2 del ANEXO III, y así sucesivamente. De agotar los niveles sin que exista desempate, se resolverá por sorteo público. Órgano competente para instrucción y resolución: El órgano encargado de la instrucción será el coordinador del área de Deportes del Ayuntamiento quién emitirá propuesta de resolución al órgano competente en consideración con los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración, integrada por los siguientes miembros: o El concejal de Deportes, que actuará como presidente. o El concejal de Hacienda, que actuará como presidente suplente. o Un concejal de cada grupo político no representado en presidencia, como vocales. o La secretaria municipal o persona en quien delegue, como vocal. o La interventora municipal o persona en quien delegue, como vocal. o El tesorero municipal o persona en quien delegue, como vocal y secretario. El funcionamiento de la Comisión de Valoración se ajustará a lo dispuesto en las normas contenidas al efecto en la Sección 3 del Capítulo II de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. Los informes y acuerdos emitidos por la Comisión de Valoración tendrán carácter vinculante para el órgano Instructor de los Premios. La resolución corresponde al Alcalde, como órgano competente, quien determinará la concesión de los premios, o desestimación de las solicitudes, de forma motivada conforme a los criterios contenidos en las Bases Reguladoras. Plazo de resolución: El plazo máximo para resolver la convocatoria será el 15 de diciembre de 2026. En el caso de no dictarse resolución en el plazo señalado o en su prórroga, se entenderán desestimadas las solicitudes presentadas. En el caso de establecerse prórroga de este plazo, la concesión de los premios estará condicionada a la efectiva consignación presupuestaria por importe suficiente y adecuado en el Presupuesto municipal del ejercicio correspondiente al año 2027. Reformulación de solicitudes: No. Recursos: Contra la resolución de concesión o denegación de los premios que pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as que se consideren lesionados/as en su derecho, podrán interponer, en el plazo de un mes natural, contado a partir del siguiente al de su publicación en el Tablón de Anuncios, recurso potestativo de reposición, o directamente recurso contencioso-administrativo, dentro del plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su fecha de publicación en el citado Tablón, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime procedente, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que, en su caso, el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta. Medio de publicación: La propuesta de resolución provisional y la resolución definitiva serán publicadas, a efectos de notificación, mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios y en la página web municipal con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario al que se imputen, beneficiarios (nombre, apellidos, y cuatro cifras aleatorias del DNI del solicitante), cantidad concedida y finalidad o finalidades del premio de acuerdo con lo señalado en el artículo 18 de la Ley General de Subvenciones. La misma información y cuanta otra se solicite será notificada a la Base de Datos Nacional de Subvenciones por la Intervención municipal. Incumplimiento: Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora, en el caso de incumplimiento de las obligaciones de los beneficiarios y en los supuestos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro. Compatibilidad con otras subvenciones: Estos premios son compatibles con otras subvenciones o ayudas económicas para la misma finalidad y objeto, otorgadas por otras Administraciones Públicas o por cualquier otra entidad de naturaleza pública o privada.”
Procedencia de los campos importantes
- Solicitantes: SNPSAP/BDNS: tiposBeneficiarios
- Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
- Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud
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