Fecha límite: 21 oct 2026 · hora de cierre no confirmada
Fuentes oficiales
Quién ofrece la ayuda: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
ORDEN POR LA QUE SE CONVOCAN LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS PROFESIONALES CORRESPONDIENTES AL CURSO ACADÉMICO 2025/2026
No disponemos todavía de una explicación simplificada revisada. El título oficial y las fuentes permiten comprobar el objeto de esta convocatoria.
- Quién puede pedirla
- Solicitantes específicos pendientes de confirmar; las categorías generales BDNS son orientativas
- Para qué sirve
- Finalidad oficial general: Educación. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
- Cuánto puedes recibir
- Cuantía individual no confirmadaSubvención
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Qué gastos cubre y qué debes aportar
El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.
“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.
Compatibilidad, ejecución y justificación
No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.
- Inicio de ejecución
- No consta
- Fin de ejecución
- No consta
- Fin de justificación
- No consta
Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.
Cómo solicitarla
No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.
Antes de empezar, prepara
No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.
Fuentes, bases y datos de la convocatoria
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ORDEN POR LA QUE SE CONVOCAN LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS PROFESIONALES CORRESPONDIENTES AL CURSO ACADÉMICO 2025/2026
- Código BDNS
- 933048
- Edición
- 2025
- Organismo y departamento
- CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL · REGIÓN DE MURCIA
- Administración
- AUTONOMICA
- Instrumento
- SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
- Régimen de concesión
- Concurrencia competitiva - canónica
- Fondos de toda la convocatoria
- 6000 €. No es el máximo individual.
- Fecha de publicación
- 6 oct 2026
- Registro en BDNS
- 2 oct 2026
- Zona horaria del plazo
- Europe/Madrid
- Región de impacto BDNS
- Region De Murcia (dato estadístico)
- Territorio del gestor
- Region De Murcia (no acredita acceso)
- Registro BDNS: BDNS 933048 Edición 2025
- Bases / convocatoria: Bases / convocatoria Edición 2025
- Documento oficial: Documento de la convocatoria en español Edición 2025
BORM. B.O. DE LA REGIÓN DE MURCIA · 6 oct 2026 Ver extracto oficial
Leer el extracto oficial disponible
Primero. Objeto: Convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de los Premios Extraordinarios de Enseñanzas Artísticas Profesionales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, correspondientes al curso académico 2025-2026 que se indican a continuación: a) Modalidad Danza: 2 premios. b) Modalidad Música: 6 premios. c) Modalidad Artes Plásticas y Diseño: 2 premios. Segundo. Beneficiarios: Podrá optar a los Premios Extraordinarios de Enseñanzas Artísticas Profesionales Alumnado que haya finalizado en el curso académico 2025-2026 las Enseñanzas Profesionales de Música, Danza y Artes Plásticas y Diseño en centros educativos de la Región de Murcia que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de 27 de octubre de 2017, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Enseñanzas Artísticas Profesionales de la Región de Murcia, modificada por la Orden de 3 de junio de 2026, de la Consejería de Educación y Formación Profesional: a) Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 puntos en los dos últimos cursos de las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza. En el caso de que el alumno o alumna haya accedido a sexto curso, la nota media estará referida únicamente a las asignaturas de dicho curso. b) Haber obtenido una nota media final en las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño de grado superior igual o superior a 8,75 puntos. Tercero. Bases reguladoras: Orden de 27 de octubre de 2017, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Enseñanzas Artísticas Profesionales de la Región de Murcia (BORM nº 251, de 30 de octubre de 2017), modificada por la Orden de 3 de junio de 2026, de la Consejería de Educación y Formación Profesional (BORM n. º 135, de 15 de junio de 2026). Cuarto. Premios y dotación económica: La dotación económica de cada premio extraordinario será de seiscientos euros (600,00 euros), ascendiendo en su totalidad a un máximo de seis mil euros (6.000,00 euros), con cargo a la partida presupuestaria 15.05.00.422L.489.01, proyecto de gasto 45650, subproyecto 04565026 PEAP, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia del ejercicio 2026. El premio consistirá en un diploma acreditativo para cada alumno premiado, que será anotado en su expediente académico, así como la correspondiente dotación económica individual. Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes: 1. El alumnado que desee optar a los premios extraordinarios convocados y reúna los requisitos establecidos en la Orden de bases reguladoras, presentará solicitud de inscripción según los modelos establecidos en los anexos I, II y VI de la convocatoria, preferentemente en el centro educativo donde haya finalizado los estudios de enseñanzas artísticas profesionales correspondientes, que actuarán como registro al amparo de la Orden de 8 de marzo de 2004, de la Consejería de Hacienda, por la que se autoriza a los centros educativos de enseñanzas no universitarias de la Región de Murcia a realizar funciones de registro y presentación de documentos. En el caso de los centros autorizados, la solicitud se presentará en el centro público al que estén adscritos. 2. También podrá presentarse la solicitud en las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano de la Región de Murcia, en el Registro Electrónico Único de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Para la cumplimentación de la solicitud deben acceder con la siguiente URL: https://sede.carm.es. En el apartado “Registro y Guía de Procedimientos y Servicios” buscar el procedimiento: 1314 - “Premios extraordinarios de las Enseñanzas Artísticas Profesionales de la Región de Murcia”, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 3. Para presentar la solicitud por medios electrónicos es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”. 4. En caso de que la inscripción sea presentada en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el personal de correos antes de ser certificada. 5. Las secretarías de los centros públicos de enseñanzas artísticas profesionales realizarán las funciones de registro, presentación de documentos, compulsas y cualesquiera otras relacionadas con el presente procedimiento. 6. Los directores de los centros públicos, en el plazo de dos días hábiles siguientes a la finalización del plazo de inscripción, remitirán a la Dirección General competente en materia de enseñanzas de régimen especial las solicitudes presentadas, a las que adjuntarán una certificación académica conforme al modelo establecido en los anexos III y IV de la Orden de bases. 7. Por su parte, la Dirección General competente en materia de enseñanzas de régimen especial, solicitará de los centros educativos las correspondientes certificaciones en el caso de las solicitudes que hayan sido recibidas en ese órgano directivo al no haber sido presentadas por los interesados en el propio centro educativo. 8. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Sexto.- Criterios de valoración: Los criterios de valoración de los participantes serán los establecidos en el anexo V de la orden de la convocatoria. Séptimo.- Instrucción del procedimiento: La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por la Subdirección General de Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 y 7 de la orden de la convocatoria.
Procedencia de los campos importantes
- Solicitantes: SNPSAP/BDNS: tiposBeneficiarios
- Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
- Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud
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