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Orden de 28/09/2026 de la Consejería de Movilidad, Transformación Digital e Inteligencia Artificial por la que se convocan subvenciones para facilitar la obtención del permiso de conducción de la clase B a las personas jóvenes de Castilla y León.

No disponemos todavía de una explicación simplificada revisada. El título oficial y las fuentes permiten comprobar el objeto de esta convocatoria.

Quién puede pedirla
Solicitantes específicos pendientes de confirmar; las categorías generales BDNS son orientativas
Para qué sirve
Finalidad oficial general: Subvenciones al transporte. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
Cuánto puedes recibir
Cuantía individual no confirmadaSubvención
Dónde aplica
Ámbito de acceso pendiente de confirmar. El lugar del gestor y la región de impacto no acreditan elegibilidad.

¿Puede encajar con tu situación?

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Condiciones de acceso

No contamos con condiciones detalladas revisadas. Consulta la convocatoria y sus bases.

Qué gastos cubre y qué debes aportar

El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.

“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.

Compatibilidad, ejecución y justificación

No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.

Inicio de ejecución
No consta
Fin de ejecución
No consta
Fin de justificación
No consta

Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.

Cómo solicitarla

No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.

Antes de empezar, prepara

No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.

Fuentes, bases y datos de la convocatoria

Ver título oficial y datos técnicos

Orden de 28/09/2026 de la Consejería de Movilidad, Transformación Digital e Inteligencia Artificial por la que se convocan subvenciones para facilitar la obtención del permiso de conducción de la clase B a las personas jóvenes de Castilla y León.

Código BDNS
932041
Edición
2026
Organismo y departamento
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSFORMACIÓN DIGITAL E INTELIGENCIA ARTIFICIAL · CASTILLA Y LEÓN
Administración
AUTONOMICA
Instrumento
SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Régimen de concesión
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos de toda la convocatoria
4.000.000 €. No es el máximo individual.
Fecha de publicación
30 sept 2026
Registro en BDNS
28 sept 2026
Zona horaria del plazo
Europe/Madrid
Región de impacto BDNS
Castilla Y Leon (dato estadístico)
Territorio del gestor
Castilla Y Leon (no acredita acceso)

BOCYL. B.O. DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN · 30 sept 2026 Ver extracto oficial

Leer el extracto oficial disponible

Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS. Primero. Objeto y Finalidad. Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para facilitar la obtención del permiso de conducción de la clase B, a las personas jóvenes de Castilla y León. La finalidad de estas subvenciones es fomentar la movilidad de las personas jóvenes contribuyendo, de esta manera, a la mejora de su empleabilidad y acceso a oportunidades laborales. Igualmente, se pretende facilitar el acceso a otros bienes y servicios como la educación, el ocio o la sanidad, reduciendo el aislamiento y fijando población en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. Segundo. Beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos: a) Tener una edad mínima de 18 años y, como máximo, cumplir 30 años dentro del presente año. b) Residir y estar empadronadas en cualquier municipio del territorio de la Comunidad de Castilla y León con al menos cinco años de antelación al momento de la obtención del permiso de conducción. c) Obtener el permiso de conducción de la clase B dentro del periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2026; habiendo realizado la formación, íntegramente, en una o más autoescuelas homologadas con sección abierta en Castilla y León. Las personas que resulten beneficiarias de estas subvenciones deberán mantener su empadronamiento en cualquier municipio del territorio de la Comunidad de Castilla y León durante al menos tres años, ininterrumpidamente, después de la fecha de la presentación de la solicitud de la subvención Tercero. Bases Reguladoras. Las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para facilitar la obtención del permiso de conducción de la clase B a las personas jóvenes de Castilla y León se aprueban por la Orden MTD/830/2026, de 27 de agosto, publicada en el B.O.C. y L. n.º 167 de 28 de agosto de 2026. Cuarto. Dotación Presupuestaria y Cuantía. El importe total de la convocatoria asciende a cuatro millones de euros (4.000.000€). De acuerdo con la normativa reguladora de estas subvenciones, cuando sea preciso reforzar las actuaciones inicialmente previstas y con el fin de atender un mayor número de solicitudes de subvención, se podrá añadir una cuantía adicional máxima del 100% a la financiación descrita, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de nueva convocatoria siempre que se produzca antes de la resolución de aquella. A la distribución de la cuantía total máxima del crédito asignado a esta convocatoria entre los diferentes créditos presupuestarios se le otorga expresamente un carácter estimativo por lo que la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria. La cuantía máxima de la subvención a conceder será de 900,00 euros, sin que, en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos pueda superar el coste total de la actuación subvencionada. La cuantía individualizada de la subvención se determinará en función del coste de la actuación subvencionada y debidamente justificada, sin exceder el límite del importe solicitado, y en virtud de los siguientes tramos: a) Renta de la unidad de convivencia menor a 1,5 veces IPREM: hasta 900 €. b) Renta de la unidad de convivencia igual o mayor a 1,5 veces y menor a 2,5 veces el IPREM: hasta 750 €. c) Renta de la unidad de convivencia igual o mayor a 2,5 veces y menor a 3,5 veces el IPREM: hasta 600 €. d) Renta de la unidad de convivencia igual o mayor a 3,5 veces el IPREM: hasta 450 €. A estos efectos, se tendrá en cuenta el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual a 14 pagas publicado para el año 2026. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solitudes será desde el 1 de octubre de 2026 hasta el 15 de enero de 2027.

Procedencia de los campos importantes
  • Solicitantes: Diccionario conservador sobre título/beneficiarios
  • Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
  • Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud

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