Fecha límite: 22 oct 2026 · hora de cierre no confirmada
CONVOCATORIA SUBVENCIÓN-AYUDAS ECONÓMICAS DIRECTAS A CIUDADANOS DE CASTALLA A TRAVÉS DE TARJETAS REGALO PARA SU GASTO EN ESTABLECIMIENTOS DE CASTALLA CON EL FIN DE PROMOVER EL CONSUMO EN EL COMERCIO LOCAL, ANUALIDAD 2026
No disponemos todavía de una explicación simplificada revisada. El título oficial y las fuentes permiten comprobar el objeto de esta convocatoria.
- Quién puede pedirla
- Solicitantes específicos pendientes de confirmar; las categorías generales BDNS son orientativas
- Para qué sirve
- Finalidad oficial general: Comercio, Turismo y Pymes. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
- Cuánto puedes recibir
- Cuantía individual no confirmadaSubvención
- Dónde aplica
- Ámbito de acceso pendiente de confirmar. El lugar del gestor y la región de impacto no acreditan elegibilidad.
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No contamos con condiciones detalladas revisadas. Consulta la convocatoria y sus bases.
Debes comprobar
- Comprobar el apartado completo de beneficiarios y las bases.Ver condición en la fuente
Qué gastos cubre y qué debes aportar
El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.
“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.
Compatibilidad, ejecución y justificación
No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.
- Inicio de ejecución
- No consta
- Fin de ejecución
- No consta
- Fin de justificación
- No consta
Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.
Cómo solicitarla
No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.
Antes de empezar, prepara
No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.
Fuentes, bases y datos de la convocatoria
Ver título oficial y datos técnicos
CONVOCATORIA SUBVENCIÓN-AYUDAS ECONÓMICAS DIRECTAS A CIUDADANOS DE CASTALLA A TRAVÉS DE TARJETAS REGALO PARA SU GASTO EN ESTABLECIMIENTOS DE CASTALLA CON EL FIN DE PROMOVER EL CONSUMO EN EL COMERCIO LOCAL, ANUALIDAD 2026
- Código BDNS
- 933074
- Edición
- 2026
- Organismo y departamento
- AYUNTAMIENTO DE CASTALLA · CASTALLA
- Administración
- LOCAL
- Instrumento
- SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
- Régimen de concesión
- Concurrencia competitiva - canónica
- Fondos de toda la convocatoria
- 207.506 €. No es el máximo individual.
- Fecha de publicación
- 6 oct 2026
- Registro en BDNS
- 2 oct 2026
- Zona horaria del plazo
- Europe/Madrid
- Región de impacto BDNS
- Alicante / Alacant (dato estadístico)
- Territorio del gestor
- Castalla (no acredita acceso)
- Registro BDNS: BDNS 933074 Edición 2026
- Bases / convocatoria: Bases / convocatoria Edición 2026
- Documento oficial: REGLAMENTO DE AYUDAS DIRECTAS A LOS CIUDADANOS DE CASTALLA A TRAVÉS DE TARJETAS REGALO PARA SU GASTO EN ESTABLECIMIENTOS DE CASTALLA CON EL FIN DE PROMOVER EL CONSUMO EN EL COMERCIO LOCAL Edición 2026
- Documento oficial: Documento de la convocatoria en español Edición 2026
B.O.P. DE ALICANTE · 6 oct 2026 Ver extracto oficial
Leer el extracto oficial disponible
Primero. Beneficiarios: Podrán solicitar las ayudas económicas directas a través de tarjetas regalo, reguladas en el Reglamento aprobado, los ciudadanos de Castalla que cumplan los siguientes requisitos: - Estar empadronado en Castalla en el momento de la solicitud. - Ser mayor de 18 años. - Estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el fin del plazo de realización del gasto, en este caso 29 de diciembre de 2024. - Se podrán obtener máximo de una tarjeta regalo por persona. - Será necesario acreditar haber realizado un ingreso en la cuenta corriente que se utilice al efecto en la entidad bancaria que se determine por importe igual a la tarjeta regalo que se solicite, igualmente se habilita este pago a través de las dependencias municipales habilitadas (Registro y Oficina de Turismo). Segundo. Objeto: Emisión de tarjetas regalo para su gasto en establecimientos de Castalla con el fin de promover el consumo en el comercio local. Tercero. Bases Reguladoras: Bases de Ejecución del Presupuesto para el Ejercicio 2026, y bases reguladoras de las tarjetas regalo, cuya modificación ha sido aprobado definitivamente mediante Decreto de Segundo Teniente de Alcalde n.º 145/2024 de fecha 3 de octubre de 2024, al no haberse presentado alegaciones, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 192 de fecha 4 de octubre de 2024. Cuarto. Importe: La dotación presupuestaria máxima destinada a esta convocatoria es de 207.506,00 €. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes por parte de los ciudadanos: Las solicitudes podrán presentarse durante un plazo máximo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia o hasta la finalización del crédito disponible consignado en la convocatoria si el mismo se agotara previamente. Sexto. Requisitos de participación de los comercios locales y plazo de adhesión a la campaña : Podrán adherirse voluntariamente a la campaña de bonos consumo las personas físicas y jurídicas que cumplan los siguientes requisitos: - Tener el domicilio fiscal en Castalla y, en su caso, establecimiento físico o venta no sedentaria afecta a la actividad económica en el término municipal de Castalla. - No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la hacienda local, estatal (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el fin del plazo de realización del gasto establecido en la convocatoria de referencia. El plazo de solicitudes de adhesión al programa será de cinco (5) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Procedencia de los campos importantes
- Solicitantes: SNPSAP/BDNS: tiposBeneficiarios
- Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
- Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud
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