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CONVOCATORIA PARA LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA EN PROPIEDAD POR LOS JÓVENES PARA CONTRIBUIR AL RETO DEMOGRÁFICO EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO TERRITORIAL DE LA COMARCA DEL CONDADO

No disponemos todavía de una explicación simplificada revisada. El título oficial y las fuentes permiten comprobar el objeto de esta convocatoria.

Quién puede pedirla
Solicitantes específicos pendientes de confirmar; las categorías generales BDNS son orientativas
Para qué sirve
Finalidad oficial general: Acceso a la vivienda y fomento de la edificación. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
Cuánto puedes recibir
Cuantía individual no confirmadaSubvención
Dónde aplica
Ámbito de acceso pendiente de confirmar. El lugar del gestor y la región de impacto no acreditan elegibilidad.

¿Puede encajar con tu situación?

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Condiciones de acceso

No contamos con condiciones detalladas revisadas. Consulta la convocatoria y sus bases.

Qué gastos cubre y qué debes aportar

El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.

“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.

Compatibilidad, ejecución y justificación

No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.

Inicio de ejecución
No consta
Fin de ejecución
No consta
Fin de justificación
No consta

Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.

Cómo solicitarla

No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.

Antes de empezar, prepara

No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.

Fuentes, bases y datos de la convocatoria

Ver título oficial y datos técnicos

CONVOCATORIA PARA LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA EN PROPIEDAD POR LOS JÓVENES PARA CONTRIBUIR AL RETO DEMOGRÁFICO EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO TERRITORIAL DE LA COMARCA DEL CONDADO

Código BDNS
932970
Edición
No consta
Organismo y departamento
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN · DIPUTACIÓN PROV. DE JAÉN
Administración
LOCAL
Instrumento
SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Régimen de concesión
Concesión directa - canónica
Fondos de toda la convocatoria
300.000 €. No es el máximo individual.
Fecha de publicación
5 oct 2026
Registro en BDNS
1 oct 2026
Zona horaria del plazo
Europe/Madrid
Región de impacto BDNS
Jaén (dato estadístico)
Territorio del gestor
Jaén (no acredita acceso)

B.O.P. DE JAÉN · 5 oct 2026 Ver extracto oficial

Leer el extracto oficial disponible

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL ÁREA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN PARA LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA EN PROPIEDAD POR LOS JÓVENES PARA CONTRIBUIR AL RETO DEMOGRÁFICO EN EL MARCO DE LA ACCIÓN DEL CIT JAÉN EN LA COMARCA DE EL CONDADO Primero. Objeto La presente Convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para la adquisición de vivienda en propiedad por los jóvenes para contribuir al reto demográfico en el marco de la acción del CIT de Jaén en la Comarca de El Condado (Arquillos, Castellar, Chiclana de Segura, Montizón, Navas de San Juan, Santisteban del Puerto, Sorihuela del Guadalimar y Vilches). Segundo. Beneficiarios Las personas solicitantes de las ayudas convocadas deberán cumplir los siguientes requisitos generales en la fecha de presentación de la solicitud de ayuda: a) Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de las personas extranjeras no comunitarias deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España. b) No hallarse incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, incluida la de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones. c) No ser beneficiaria de las ayudas incompatibles con la presente convocatoria. d) No tener más de 35 años en el momento de solicitar la ayuda. e) Haber suscrito un contrato público a partir de 01/06/2026, o estar en condiciones de suscribir un contrato público de adquisición de vivienda localizada en un municipio o núcleo de población de la Comarca de El Condado. Se considerará que están en condiciones de suscribir un documento público de adquisición de una vivienda, aquellas personas que así lo acrediten mediante la aportación de un precontrato o contrato privado. El documento público deberá ser aportado por las personas interesadas dentro del plazo de 6 meses a contar desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda, deberá respetar los términos esenciales recogidos en el precontrato o contrato privado presentado (partes contratantes; vivienda objeto del contrato; precio...). f) No ser propietaria/o o usufructuaria/o de alguna vivienda en España, salvo que, siendo titulares de una vivienda, acrediten la no disponibilidad de la misma por causa de separación o divorcio, por cualquier otra causa ajena a su voluntad. No se considera persona propietaria o usufructuaria de una vivienda si el derecho recae sobre una parte alícuota de la misma y se ha obtenido por herencia o transmisión mortis causa. g) Que la vivienda a adquirir vaya a constituir la residencia habitual y permanente de la/s persona/s beneficiaria/s por un plazo mínimo de cinco años desde la fecha de su adquisición. h) La vivienda construida, debe cumplir los siguientes requisitos: 1) Hallarse localizada en uno de los municipios de la Comarca de El Condado. 2) Su precio de adquisición, excluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, debe ser igual o inferior a 150.000,00 ¿. i) No se admiten contratos de arrendamiento con opción de compra. Tercero. Bases reguladoras Bases de la Convocatoria de subvenciones del Área de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Cambio Climático de la Diputación Provincial de Jaén para la adquisición de vivienda en propiedad por los jóvenes para contribuir al reto demográfico en el marco de la acción del CIT de Jaén en la Comarca de El Condado (Resolución de la Sra. Diputada Delegada del Área de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Cambio Climático núm. 415, de 29-09-2026). https://www.dipujaen.es/conoce-diputacion/areas-organismos-empresas/areaD/subvenciones/subvenciones-2026/ Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial de Jaén (BOP. núm. 248, de 30-12-2025).  Cuarto. Cuantía El importe destinado al otorgamiento de las subvenciones para la realización de las actuaciones previstas en esta convocatoria asciende a 300.000,00 ¿. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes Desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOP y terminará el 31 de diciembre de 2026. https://sede.dipujaen.es/AyudaSubvenciones Sexto. Otros datos de interés Actuaciones subvencionables: Tendrá la consideración de actuación subvencionable, la adquisición de una vivienda ya construida, que cumpla los siguientes requisitos: a) Debe ubicarse en un municipio o núcleo de población de la Comarca de El Condado. b) Su precio de adquisición, excluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, debe ser igual o inferior a 150.000 euros. c) La cuantía de las subvenciones a otorgar consistirá en un porcentaje del 10% de los primeros 100.000,00 ¿ subvencionables, formado por el precio de adquisición más los gastos de notaría y de inscripción en el Registro de la Propiedad, siendo la cuantía máxima a conceder de 10.000,00 ¿ a conceder por vivienda. Compatibilidad: Las subvenciones que se otorguen al amparo de la presente Convocatoria serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre que no rebase el costo de la misma. Documentación: La prevista en el art. 8 de la Convocatoria. Régimen de concesión. Concurrencia no competitiva, conforme al art. 41.22 de las Bases de Ejecución del Presupuesto, mediante el cual no es requisito el fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan las condiciones establecidas, atendiendo al objeto y finalidad de la subvención, cuya concesión se resolverá atendiendo a la fecha de solicitud. El criterio a seguir para dirimir la prelación temporal de las solicitudes, a efectos de priorización de su concesión, será la fecha, hora y el número de entrada en el Registro de la Diputación Provincial de Jaén, siempre que la solicitud y documentación a aportar estén completas. Forma de pago: La subvención se hará efectiva en un único pago, previa justificación, por la/el beneficiaria/o, de la realización de la actividad en los términos establecidos en el art. 17 de la convocatoria. Forma de justificación: Será necesario presentar la documentación señalada en el art. 17 de la Convocatoria. Plazo máximo de justificación: El plazo para la presentación de la documentación justificativa es de 6 meses desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda.

Procedencia de los campos importantes
  • Solicitantes: Diccionario conservador sobre título/beneficiarios
  • Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
  • Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud

Otras oportunidades para revisar

Seleccionadas por destinatario, finalidad y territorio estructurados. Que estén relacionadas no significa que sean acumulables.

AbiertaTrámite identificado

Hasta: 30 nov 2026 · hora de cierre no confirmada

Accesibilidad en viviendas · Castilla-La Mancha 2026

Subvenciones para mejorar la accesibilidad en viviendas de Castilla-La Mancha. Pueden participar propietarios, usufructuarios, determinados arrendatarios y comunidades de propietarios. Esta convocatoria se refiere a actuaciones iniciadas entre julio de 2024 y diciembre de 2025: no presupone que cualquier obra futura sea elegible. La intensidad general es del 60 %, con supuestos de hasta el 80 %.

Persona física · Comunidad de propietariosCastilla La Mancha
Cuantía individualCuantía individual no confirmada

DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA

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