Fecha límite: 6 nov 2026 · hora de cierre no confirmada
BBRR y convocatoria de subvenciones en régimen de concesión directa destinadas a las mancomunidades de la provincia para impulsar la visibilidad, participación y empoderamiento de las mujeres en el desarrollo rural, económico y social. 2026
No disponemos todavía de una explicación simplificada revisada. El título oficial y las fuentes permiten comprobar el objeto de esta convocatoria.
- Quién puede pedirla
- Solicitantes específicos pendientes de confirmar; las categorías generales BDNS son orientativas
- Para qué sirve
- Finalidad oficial general: Educación. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
- Cuánto puedes recibir
- Cuantía individual no confirmadaSubvención
- Dónde aplica
- Ámbito de acceso pendiente de confirmar. El lugar del gestor y la región de impacto no acreditan elegibilidad.
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Qué gastos cubre y qué debes aportar
El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.
“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.
Compatibilidad, ejecución y justificación
No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.
- Inicio de ejecución
- No consta
- Fin de ejecución
- No consta
- Fin de justificación
- No consta
Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.
Cómo solicitarla
No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.
Antes de empezar, prepara
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Fuentes, bases y datos de la convocatoria
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BBRR y convocatoria de subvenciones en régimen de concesión directa destinadas a las mancomunidades de la provincia para impulsar la visibilidad, participación y empoderamiento de las mujeres en el desarrollo rural, económico y social. 2026
- Código BDNS
- 932966
- Edición
- 2026
- Organismo y departamento
- DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES · DIPUTACIÓN PROV. DE CÁCERES
- Administración
- LOCAL
- Instrumento
- SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
- Régimen de concesión
- Concesión directa - canónica
- Fondos de toda la convocatoria
- 200.000 €. No es el máximo individual.
- Fecha de publicación
- 6 oct 2026
- Registro en BDNS
- 1 oct 2026
- Zona horaria del plazo
- Europe/Madrid
- Región de impacto BDNS
- Cáceres (dato estadístico)
- Territorio del gestor
- Cáceres (no acredita acceso)
- Registro BDNS: BDNS 932966 Edición 2026
- Documento oficial: Documento de la convocatoria en español Edición 2026
B.O.P. DE CÁCERES · 6 oct 2026 Ver extracto oficial
Leer el extracto oficial disponible
1.- OBJETO. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. ENTIDADES DESTINATARIAS OBJETO: El objeto de estas normas reguladoras es establecer las premisas específicas en el marco de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación para regular la concesión de subvenciones públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la LGS, y en los arts 14.2 y 21 de la OGS y en la Base 41 de las de Ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2026, habiéndose previsto que está subvención se lleve a cabo en régimen de concesión directa mediante convocatoria previa abierta. La subvención consistirá en transferencias corrientes de la Diputación de Cáceres a las Mancomunidades de la provincia que sean beneficiarias, siendo subvencionables los gastos derivados de las actuaciones que tengan por objeto alguna o varias de las siguientes estrategias: • Recuperar la memoria colectiva de la provincia con perspectiva de género Contribuir a un relato de la comarca y la provincia más equitativo y justo, recuperando la memoria colectiva de las mujeres, su participación histórica en la vida económica, social, cultural, artística y/o política de los pueblos. Poner en valor la aportación de mujeres invisibilizadas a lo largo de la historia, con el objetivo firme de reparar y dignificar sus contribuciones, especialmente, aquellas que pagaron un plus por representar nuevos modelos más igualitarios que rompían con los paradigmas más tradicionalistas. Reconocer el trabajo invisible y no remunerado que sostuvieron las mujeres para sustentar los cuidados, la economía familiar y los servicios comunitarios en los pueblos. • Visibilizar y valorar la contribución de las mujeres en la construcción del territorio provincial Impulsar la transformación de imaginarios colectivos, profundizando en el papel fundamental de las mujeres en el desarrollo social y económico de los pueblos cacereños. Reivindicar su papel en el medio rural, las funciones que desempeñan, los espacios que ocupan y las desigualdades que afrontan. Visibilizar el liderazgo de las mujeres en el medio rural, reivindicando su papel como agentes del cambio y abanderadas del desarrollo sostenible. Poner en valor el conocimiento de las mujeres, tradicionalmente ignorado, las técnicas que conservan, la riqueza que merece ser protegida y celebrada y elevar sus saberes a patrimonio territorial. • Desmontar estereotipos sobre las mujeres rurales, hacer justicia a la realidad compleja y diversa Analizar estereotipos de genero en el entorno local y cambiar los relatos visuales y culturales sobre las mujeres rurales por otros que reflejen la verdad y visibilicen su aportación histórica y su contribución social y económica. Representar una realidad rural más completa y plural de las mujeres que habitan la provincia, ampliando referentes femeninos positivos y diversos. Visibilizar nuevas ruralidades, desvelar que las mujeres lideran y crean redes globales desde los pueblos • Destacar el papel del asociativismo femenino en el territorio y alentar el relevo generacional en sus estructuras. Facilitar agendas de género comarcales, unificando demandas y hojas de ruta ajustadas a la realidad local. Fortalecer alianzas estratégicas entre organizaciones y promover espacios para debatir sobre agendas compartidas, transferencia de conocimientos y buenas prácticas. Generar redes de apoyo mutuo o comunidades de aprendizaje que fortalezcan su posición como agentes del cambio en sus comunidades Propiciar espacios comunitarios de encuentros y empoderamiento, que fomenten la acción colectiva de las vecinas. Promover laboratorios de ideas que reúnan a mujeres jóvenes y mayores para reactivar saberes y crear nuevas narrativas de identidad rural. Conectar prioridades, sintonizar luchas sociales y posibilitar acciones intergeneracionales que permitan alentar a mujeres jóvenes al relevo generacional de las estructuras asociativas. Articular redes de acción colectiva con agrupaciones juveniles y reflexionar sobre desafíos actuales y hojas de ruta compartidas e impulso al asociativismo femenino juvenil. • Impulsar el liderazgo de las mujeres Impulsar la paridad en la toma de decisiones y su presencia en órganos de gobernanza, buscando que tengan más poder de decisión en el mundo rural. Facilitar que las mujeres se integren en redes u organizaciones pertenecientes a diversos colectivos, impulsar el traspaso de liderazgos, implementando programas de formación o escuelas de mentoría si fuese necesario. Promover la participación de asociaciones de mujeres en mesas de negociación territorial, consejos, comisiones sectoriales u otros órganos de decisión. Es un objetivo esencial de los proyectos la participación de agentes territoriales y grupos de población en el diseño, programación, ejecución y evaluación del mismo, es necesario aunar esfuerzos desde las Oficinas de Igualdad del territorio e incorporar en la medida de lo posible, a la comunidad educativa, el movimiento asociativo femenino, las personas mayores y la nuevas generaciones para un mayor impacto del mismo. Además los programas deben contemplar el enfoque interseccional y metodologías de participación incluyentes. Quedan excluidas del ámbito de la presente convocatoria las actuaciones únicamente de ocio o lúdico recreativas que no incluyan un enfoque de género claro y que las mismas no tengan por objeto alguna o varias de las estrategias formuladas en estas bases. ENTIDADES DESTINATARIAS Las Mancomunidades de la Provincia de Cáceres 2.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA. El importe total de la convocatoria asciende a DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000,00 €), que se destinarán a financiar los gastos de naturaleza corriente que se deriven de la ejecución de las actuaciones subvencionables, distribuidos según Anexo de convocatoria y todo ello de conformidad con la estructura presupuestaria que incorpora la Orden EHA 3565/2008 por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales, modificada por la Orden HAP/419/2014 de 14 de marzo, en la siguiente aplicación presupuestaria: 2026.04.2311.46300. “SUBV CD. MANCOMUNIDADES-IGUALDAD”. 200.000,00 € La cuantía de la ayuda a percibir por cada mancomunidad se refleja en el Anexo adjunto y se corresponde con el mismo importe para cada entidad solicitante. 3.- SISTEMA DE TRAMITACIÓN. SOLICITUD Las subvenciones recogidas en la presente convocatoria se tramitarán íntegramente de manera telemática a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres, incluidas, en su caso, las devoluciones voluntarias y procedimientos de reintegro La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es https://sede.dip-caceres.es. En el apartado Nuevo / Trámites por área temática / Convocatorias de Subvención El plazo para la presentación de la solicitud será de 20 días hábiles a partir de la apertura de la sede telemática, que tendrá lugar al día siguiente de la publicación del extracto de estas normas reguladoras en el correspondiente Boletín Oficial de la Provincia. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán examinadas por el Órgano Gestor. Ante errores subsanables en la solicitud, se requerirá a las entidades interesadas para que procedan a corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles. En caso de no resolver adecuadamente la subsanación, se le tendrá por desistido del expediente, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente. Para la presentación de la subsanación, se utilizará el formulario de la sede electrónica. Para poder acceder al trámite de presentación de solicitud, las entidades interesadas deberán identificarse electrónicamente de forma segura en la sede de la Diputación Provincial de Cáceres con alguno de los medios de identificación facilitados en la misma. Los formularios y los demás documentos a cumplimentar en las diferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la mencionada sede y deberán ser obligatoriamente utilizados cuando así proceda. 4.- DOCUMENTOS No se requieren otros documentos que la propia solicitud. 5.- OTROS DATOS DE INTERÉS GASTOS SUBVENCIONABLES. Se considerarán gastos subvencionables, a los efectos de esta subvención, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido. Los gastos deberán realizarse dentro del periodo de ejecución y los pagos correspondientes a los mismos podrán realizarse hasta la finalización del periodo de justificación. Las mancomunidades destinarán la subvención a financiar los gastos corrientes derivados de las actuaciones objeto establecidas en las presentes normas, incluidos por la mancomunidad en la documentación aportada, y conforme a lo siguiente: • Se podrán incluir como gastos subvencionables: gastos de personal, desplazamientos, arrendamientos, material, suministros, y otros servicios. • Se admitirán gastos correspondientes a manutención, catering, comidas o alojamiento en un porcentaje máximo de un 10% sobre el importe concedido. No serán subvencionables los gastos que en el art 31.7 de la Ley General de Subvenciones establece como tales “en ningún caso”. Asimismo, no lo serán, los gastos de inversión ni gastos de adquisición o reposición de enseres inventariables, tampoco se considerarán como subvencionables, los gastos corrientes correspondientes a reparaciones, mantenimiento y conservación. En atenciones protocolarias, no tendrán la consideración de gastos subvencionables los gastos de premios tanto dinerarios como en especie o similares. Quedan excluidos del ámbito de la presente convocatoria los gastos derivados de actuaciones únicamente de ocio o lúdico recreativas que no incluyan un enfoque de género claro y que las mismas no tengan por objeto alguna o varias de las estrategias formuladas en estas bases. PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas será desde el 1 de diciembre de 2026 hasta el 30 de noviembre de 2027. PLAZO DE JUSTIFICACIÓN. El plazo máximo de justificación será de 3 meses: desde 1 de diciembre de 2027 hasta el 28 de febrero de 2028.
Procedencia de los campos importantes
- Solicitantes: Diccionario conservador sobre título/beneficiarios
- Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
- Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud
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