Sin fecha confirmada

Fecha límite: Sin fecha confirmada

Fuentes oficiales

Quién ofrece la ayuda: CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

Comprobar plazo en la fuente oficial

No hemos podido confirmar un plazo vigente. Consulta la edición y sus modificaciones.

AYUDAS PROMOCIÓN VINOS TERCEROS PAÍSES FEAGA 2027

No disponemos todavía de una explicación simplificada revisada. El título oficial y las fuentes permiten comprobar el objeto de esta convocatoria.

Quién puede pedirla
Empresa (tamaño sin especificar)
Para qué sirve
Finalidad oficial general: Agricultura, Pesca y Alimentación. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
Cuánto puedes recibir
Cuantía individual no confirmadaSubvención
Dónde aplica
Ámbito de acceso pendiente de confirmar. El lugar del gestor y la región de impacto no acreditan elegibilidad.

¿Puede encajar con tu situación?

Estas son condiciones de la convocatoria. Aún no hemos comprobado tu perfil.

Comprobar con mi perfil, sin registro

Condiciones de acceso

No contamos con condiciones detalladas revisadas. Consulta la convocatoria y sus bases.

Debes comprobar

Qué gastos cubre y qué debes aportar

El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.

“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.

Compatibilidad, ejecución y justificación

No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.

Inicio de ejecución
No consta
Fin de ejecución
No consta
Fin de justificación
No consta

Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.

Cómo solicitarla

No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.

Antes de empezar, prepara

No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.

Fuentes, bases y datos de la convocatoria

Ver título oficial y datos técnicos

AYUDAS PROMOCIÓN VINOS TERCEROS PAÍSES FEAGA 2027

Código BDNS
932902
Edición
2027
Organismo y departamento
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR · COMUNIDAD DE MADRID
Administración
AUTONOMICA
Instrumento
SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Régimen de concesión
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos de toda la convocatoria
0 €. No es el máximo individual.
Fecha de publicación
9 oct 2026
Registro en BDNS
1 oct 2026
Zona horaria del plazo
Europe/Madrid
Región de impacto BDNS
Comunidad De Madrid (dato estadístico)
Territorio del gestor
Comunidad De Madrid (no acredita acceso)
Financiación europea
Fondos europeos declarados en la fuente

BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID · 9 oct 2026 Ver extracto oficial

Leer el extracto oficial disponible

BDNS (código de identificación): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS: (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias). Primero. Beneficiarios. Podrán solicitar las ayudas las empresas y entidades indicadas en el artículo 60 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, que tengan su domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid. Segundo Finalidad de las ayudas. Ayudas al sector vitivinícola de la Comunidad de Madrid para las actividades de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. El ámbito, tipos de acciones y duración de los programas, tipos de beneficiarios, productos y países admisibles, así como los criterios de admisibilidad de los programas, características de las acciones y programas auxiliables, serán los establecidos en los artículos 51 a 65 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre. Tercero. Bases reguladoras. Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, (BOE nº 257, de 26 de octubre de 2022). Cuarto. Cuantía de la subvención Las ayudas reguladas en la presente convocatoria estarán financiadas por el FEAGA al 100 %, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, para las ayudas al sector vitivinícola de la Comunidad de Madrid, para la promoción y comunicación en mercados de terceros países recogidas en la Intervención Sectorial Vitivinícola. La ayuda financiera de la Unión para las acciones de promoción y comunicación no superará el 50 % de los gastos subvencionables, tal y como se establece en el artículo 59.7 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021. La financiación de la convocatoria se realizará en función de la asignación de fondos a la Comunidad de Madrid una vez conocido el reparto territorial de fondos en la correspondiente Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural. Las resoluciones de concesión de las ayudas serán notificados a los beneficiarios e indicarán el importe final y condiciones de las mismas, todo ello en función de lo establecido en los artículos 64, 65 y 66 del Real Decreto 905/2022. Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finalizará en el plazo de un mes. El texto íntegro de la convocatoria podrá consultarse en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones Las solicitudes de subvenciones se presentarán por medios electrónicos en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid mediante el acceso habilitado para ello en en el portal de administración electrónica www.comunidad.madrid y disponible en la dirección electrónica siguiente https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas- subvenciones/ayuda-promocion-vinos-terceros-paises Sexto. Ejecución, justificación y pago final de las ayudas El plazo de ejecución de los programas objeto de la presente convocatoria de ayudas, comenzará el 1 de marzo y finalizará el 31 de diciembre de 2027. El pago de la ayuda podrá solicitarse desde el 1 de enero hasta el 14 de febrero de 2028.

Procedencia de los campos importantes
  • Solicitantes: SNPSAP/BDNS: solicitantes explícitos en el extracto oficial
  • Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
  • Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud

Otras oportunidades para revisar

Seleccionadas por destinatario, finalidad y territorio estructurados. Que estén relacionadas no significa que sean acumulables.

Abierta

Hasta: 31 oct 2026 · hora de cierre no confirmada

Contratación indefinida · Villacarrillo 2026

Plan de ayuda a la contratación de Villacarrillo para autónomos y empresas con domicilio físico y fiscal en el municipio. Apoya la contratación indefinida de una persona desempleada inscrita en el SAE y empadronada localmente. La ayuda es de 2.500 €, o 3.000 € en el supuesto de discapacidad previsto, con obligaciones de mantenimiento.

Autónomo · Empresa (tamaño sin especificar)Villacarrillo
Cuantía individualHasta 3000 €

AYUNTAMIENTO DE VILLACARRILLO

Ver ayuda