Fecha límite: Sin fecha confirmada
Fuentes oficiales
Quién ofrece la ayuda: SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (SEXPE)
Ayudas 2026/2027, del Programa I y financiadas por CA y TE, a personas desempleadas que se hayan establecido como trabajadores autónomos, según Resol. de 28 de septiembre de 2026 que las convoca.
No disponemos todavía de una explicación simplificada revisada. El título oficial y las fuentes permiten comprobar el objeto de esta convocatoria.
- Quién puede pedirla
- Solicitantes específicos pendientes de confirmar; las categorías generales BDNS son orientativas
- Para qué sirve
- Finalidad oficial general: Fomento del Empleo. Las actuaciones concretas deben comprobarse.
- Cuánto puedes recibir
- Cuantía individual no confirmadaSubvención
- Dónde aplica
- Ámbito de acceso pendiente de confirmar. El lugar del gestor y la región de impacto no acreditan elegibilidad.
¿Puede encajar con tu situación?
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No contamos con condiciones detalladas revisadas. Consulta la convocatoria y sus bases.
Qué gastos cubre y qué debes aportar
El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.
“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.
Compatibilidad, ejecución y justificación
No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.
- Inicio de ejecución
- No consta
- Fin de ejecución
- No consta
- Fin de justificación
- No consta
Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.
Cómo solicitarla
No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.
Antes de empezar, prepara
No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.
Fuentes, bases y datos de la convocatoria
Ver título oficial y datos técnicos
Ayudas 2026/2027, del Programa I y financiadas por CA y TE, a personas desempleadas que se hayan establecido como trabajadores autónomos, según Resol. de 28 de septiembre de 2026 que las convoca.
- Código BDNS
- 933300
- Edición
- 2026
- Organismo y departamento
- SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (SEXPE) · EXTREMADURA
- Administración
- AUTONOMICA
- Instrumento
- SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
- Régimen de concesión
- Concesión directa - canónica
- Fondos de toda la convocatoria
- 26.500.000 €. No es el máximo individual.
- Fecha de publicación
- 9 oct 2026
- Registro en BDNS
- 3 oct 2026
- Zona horaria del plazo
- Europe/Madrid
- Región de impacto BDNS
- Extremadura (dato estadístico)
- Territorio del gestor
- Extremadura (no acredita acceso)
- Minimis
- Régimen minimis declarado; verifica el reglamento y periodo aplicables
- Registro BDNS: BDNS 933300 Edición 2026
- Información del organismo: Información del organismo Edición 2026
- Bases / convocatoria: Bases / convocatoria Edición 2026
- Documento oficial: Texto en castellano de la convocatoria Edición 2026
DOE. D.O. DE EXTREMADURA · 9 oct 2026 Ver extracto oficial
Leer el extracto oficial disponible
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en el presente Diario Oficial de Extremadura. Primero. Objeto. Subvenciones dirigidas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras por cuenta propia o autónomas. Segundo. Beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de las ayudas del Programa I: Las personas desempleadas que inicien una actividad empresarial como trabajadoras por cuenta propia a título individual, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Las personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes a las que se refiere el capítulo III del título II de la Ley 20/2007, de 11 de julio del Estatuto del trabajo autónomo. Los profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia que requiera la incorporación a un Colegio Profesional, cuyo colectivo se haya integrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la mutualidad alternativa correspondiente. Quienes constituyan o se incorporen a comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica conforme al artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, formando parte como persona socia y se den de alta en RETA o en la mutualidad alternativa correspondiente. Tercero. Bases reguladoras. Decreto 39/2024, de 30 de abril (DOE núm. 109, de 6 de junio de 2024), modificado por el Decreto 154/2026, de 28 de julio (DOE NUM. 148), por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación el empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los programas I, II, III, IV y V para el período 2024-2025. Cuarto. Financiación y cuantías de la subvención. El volumen total de crédito para el Programa I en la convocatoria es de 31.500.000,00 euros, con cargo a los créditos del Servicio Extremeño Público de Empleo para los ejercicios 2026 y 2027, con cargo a los siguientes códigos presupuestarios: — 20001389 “Fomento del Autoempleo”, financiado por Fondos Propios de la Comuni¬dad Autónoma de Extremadura por un importe de 14.000.000,00 euros de los que 3.500.000,00 euros corresponden al ejercicio 2026 y el resto, es decir, 10.500.000,00 euros, corres¬ponden al ejercicio 2027, aplicación presupuestaria 140130000/G/242A/47000/ CAG0000001/20001389. — 20150076 “Ayudas al trabajo Autónomo”, financiado con fondos de Transferencias del Estado, por un importe de 12.500.000,00 euros, de los que 4.500.000,00 corresponden al ejercicio 2026, y el resto, es decir, 8.000.000,00 euros corresponden al ejercicio 2027, aplicación presupuestaria 140130000/G/242A/47000/TE24001001/20150076. — 20230062 “Fomento del Emprendimiento en Jóvenes (FS)”, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus, con un importe de 5.000.000,00 euros, de los que corresponden 0,00 euros al ejercicio 2026 y el resto, es decir, 5.000.000,00 euros, al ejercicio 2027, aplicación presupuestaria 140130000/G/242A/47000/FS21455A01/20230062. En cuanto a las cuantías de las ayudas, se modulan en función de los colectivos en los que se encuadren las personas beneficiarias, variando desde 6.000,00 euros hasta 10.000,00 euros. Además, se contempla una subvención adicional de 1.000,00 euros, en los casos en los que la persona solicitante, encuadrada en cualquiera de los anteriores colectivos menos en el de actividad en municipio de menos de 5.000 habitantes, cumpla con esa condición. Asimismo, una subvención adicional de 4.000,00 euros cuando la persona solicitante adquiera un negocio a través de relevo generacional. Esta subvención podrá incrementarse en 2.000,00 euros cuando la persona beneficiaria tenga el domicilio de la actividad en municipios de menos de 10.000 habitantes, de acuerdo con las últimas cifras oficiales de población resultantes de la revisión del padrón municipal a 1 de enero del ejercicio en el que se inicie la vigencia de la convocatoria, difundido por el Instituto Nacional de Estadística. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. La subvención deberá solicitarse, siempre dentro del periodo de vigencia de la convocatoria, en el plazo iniciado el día siguiente al que se inicie la actividad, de acuerdo con lo expresado por la Tesorería General de la Seguridad Social, y los cinco meses naturales siguientes al mes del citado inicio. La convocatoria tiene una vigencia de doce meses y se inicia el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, junto al presente extracto, previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Sexto. Otros datos. El procedimiento de tramitación de estas ayudas será realizado por medios telemáticos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, que figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) junto con la convocatoria, están disponibles en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, página web https://www.juntaex.es/w/6443 e, igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Procedencia de los campos importantes
- Solicitantes: Diccionario conservador sobre título/beneficiarios
- Ámbito de acceso: Condiciones explícitas en título o extracto oficial; impacto separado
- Plazos: SNPSAP/BDNS: fechaInicioSolicitud / fechaFinSolicitud
Otras oportunidades para revisar
Seleccionadas por destinatario, finalidad y territorio estructurados. Que estén relacionadas no significa que sean acumulables.
Hasta: 31 oct 2026 · hora de cierre no confirmada
Contratación indefinida · Villacarrillo 2026
Plan de ayuda a la contratación de Villacarrillo para autónomos y empresas con domicilio físico y fiscal en el municipio. Apoya la contratación indefinida de una persona desempleada inscrita en el SAE y empadronada localmente. La ayuda es de 2.500 €, o 3.000 € en el supuesto de discapacidad previsto, con obligaciones de mantenimiento.
AYUNTAMIENTO DE VILLACARRILLO
Ver ayudaHasta: 20 nov 2026 · hora de cierre no confirmada
Inversiones agrarias en Illes Balears · Vacuno de leche, línea C
Fogaiba: inversiones en explotaciones agrarias de Illes Balears, línea C. Apoya inversiones elegibles para mejorar la explotación, con requisitos de registro, formación y valoración. La línea C se dirige a inversiones vinculadas al vacuno de leche.
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA)
Ver ayudaHasta: 20 nov 2026 · hora de cierre no confirmada
Inversiones agrarias en Illes Balears · Línea B 2026
Fogaiba: inversiones en explotaciones agrarias de Illes Balears, línea B. Apoya inversiones elegibles para mejorar la explotación, con requisitos de registro, formación y valoración. La línea B admite inversiones de hasta 100.000 €.
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA)
Ver ayudaHasta: 20 nov 2026 · hora de cierre no confirmada
Inversiones agrarias en Illes Balears · Línea A 2026
Fogaiba: inversiones en explotaciones agrarias de Illes Balears, línea A. Apoya inversiones elegibles para mejorar la explotación, con requisitos de registro, formación y valoración. La línea A exige superar 100.000 € de inversión.
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA)
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